La semana pasada, la presidenta Sheinbaum publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación para dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia referentes a las contrataciones públicas. El decreto obliga a que la publicación y actualización de esta información en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) se realice mensualmente y no cada tres meses como antes. Contempla además tanto la publicación de información adicional de filiales de empresas productivas del Estado (Pemex y la Comisión Federal de Electricidad [CFE]), como la publicación de información relativa a las actividades de fiscalización a cargo de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Este “manotazo” a favor de la transparencia podría ser una buena noticia. Sin embargo, surge tras la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica que eliminó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y a las instituciones estatales encargadas de supervisar y garantizar el derecho de acceso a la información en el país, lo que generó nuevos problemas de acceso a la información.
En lugar de contar con una sola institución de alcance nacional, con criterios comunes, lineamientos específicos y una sola política nacional, pasamos a un modelo fragmentado, sin colegiados, sin autonomía, sin una política clara de transparencia donde 18 autoridades a nivel federal y al menos 288 a nivel estatal decidirán si abren o no información relacionada con sus jefes.
En el trayecto por la extinción de órganos autónomos, no se cumplió con un calendario específico y los municipios quedaron a la deriva de las legislaciones que cada entidad federativa debe aprobar. Como botón de muestra: ya únicamente el Estado de México, Nuevo León y Chihuahua conservan su agónico instituto de acceso a la información.
Aunque el derecho a saber permaneció reconocido en la Constitución, la legislación que se aprobó para el nuevo modelo de transparencia incluyó cambios que han favorecido la opacidad y la discrecionalidad por encima de la máxima publicidad. Uno de ellos tiene que ver con las nuevas causales de reserva, es decir, con las posibilidades de legalmente ocultar información a los ciudadanos. En la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Públicase incluyó la reserva de información a partir de conceptos ambiguos como información que “comprometa la paz social”, información sobre estudios y proyectos “que afecten el interés de Estado” o la reserva de información sobre casos de corrupción cuando no haya sido “acreditada”, es decir, legalmente sancionada. A esto se agrega la reserva de información por motivos de seguridad nacional. Si observamos la cantidad de obra pública a cargo de las Fuerzas Armadas (más de 2,800 obras acumuladas), pese al decreto no podrá abrirse información que por ley se reserva. Para que el decreto de la Presidenta se haga realidad habría que eliminar todo aquello que vaya en contra de la máxima publicidad. Para eso se requeriría otra ley y por lo tanto, otro Congreso.
Coordinadora del Programa de Ciudadanía en México Evalúa
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