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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), multó a una institución educativa con 580 mil pesos por no respetar el principio de finalidad establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
De acuerdo con el Instituto, en su reunión plenaria llegó a esta dictaminación luego de que una particular se quejara de recibir mensajería instantánea de la persona que había recabado su información durante su inscripción a dicho centro educativo, con fines ajenos a los asuntos escolares.
El Inai informó que de acuerdo con el principio de finalidad, los datos personales sólo podrán ser tratados para el cumplimiento de los fines previstos en el aviso de privacidad de las instituciones u organismos, y en caso de requerirlos para un uso distinto, se deberá obtener nuevamente el consentimiento de los titulares.
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