Entre el primer café de la mañana y la hora de la cena, la mayoría de las legislaturas estatales aprobó reformas constitucionales que modifican aspectos centrales de nuestro sistema político-electoral. Lo que para millones de personas fue una jornada ordinaria bastó para transformar nuevamente la Constitución. La velocidad del proceso podría presentarse como una muestra de eficacia política; sin embargo, puede interpretarse como evidencia de la progresiva desaparición de la deliberación parlamentaria.

En un despliegue de sincronía legislativa que haría palidecer a cualquier línea de producción industrial, a menos de once horas de haber sido aprobado por el Senado de la República durante la madrugada del 29 de mayo, la reforma judicial electoral y la nueva causal de nulidad por intervención extranjera ya contaba con el respaldo de la mayoría de los congresos estatales.

El contenido de las modificaciones merece, por supuesto, una discusión propia. La reforma judicial electoral y la nueva causal de nulidad por intervención extranjera han generado cuestionamientos, de manera inusual, también han provocado tensiones dentro de MORENA. Sin embargo, antes de discutir el fondo, conviene detenernos en la forma en que se aprueban estas reformas porque el episodio deja una pregunta difícil de ignorar: ¿cuándo ocurrió el debate?

El Universal Responde

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La Constitución exige que las reformas constitucionales sean aprobadas no sólo por el Congreso de la Unión, sino también por la mayoría de las legislaturas estatales. No se trata de un simple trámite administrativo; a participación de los congresos locales responde a una lógica fundamental del federalismo donde las reglas básicas del país no deben depender exclusivamente de las mayorías políticas que circunstancialmente controlan el poder federal.

Este segundo filtro fue concebido precisamente para introducir una segunda deliberación. Para que las entidades federativas pudieran examinar, discutir y eventualmente cuestionar las modificaciones constitucionales antes de incorporarlas al pacto fundamental. Su existencia parte de una premisa sencilla: reformar la Constitución debe ser más difícil que aprobar una ley ordinaria. Sin embargo, cuando reformas complejas obtienen el respaldo de la mayoría de los congresos estatales en cuestión de horas, resulta inevitable preguntarse si seguimos frente a un mecanismo de deliberación federal o ante un procedimiento cuya función principal es ratificar decisiones previamente tomadas en otro lugar.

El problema no es que las legislaturas locales coincidan con la mayoría federal, en democracia los consensos son legítimos. El problema es que la velocidad del proceso vuelve prácticamente imposible distinguir entre acuerdo y automatismo. Deliberar implica mucho más que levantar la mano. Implica leer, analizar, contrastar argumentos, escuchar posiciones discrepantes, evaluar consecuencias y justificar públicamente una decisión. La deliberación parlamentaria no es un obstáculo que deba superarse con la mayor rapidez posible; es precisamente aquello que otorga legitimidad a las decisiones colectivas.

México ha convivido durante décadas con una tensión permanente entre el federalismo que proclama su Constitución y la tendencia a concentrar las decisiones políticas en el centro. Los partidos cambian, las mayorías cambian, pero esa inclinación reaparece una y otra vez bajo distintas formas. A veces se manifiesta mediante el control político; otras, mediante la disciplina partidista; y en ocasiones, mediante procesos legislativos tan veloces que vuelven irrelevante cualquier posibilidad de discusión autónoma.

Lo ocurrido esta semana debería llevarnos a reflexionar sobre el papel que están desempeñando los congresos estatales dentro del procedimiento de reforma constitucional. Si su intervención puede reducirse a una ratificación exprés de decisiones adoptadas previamente en el ámbito federal, entonces la pregunta es qué función están cumpliendo realmente.

El federalismo consiste en incorporar distintas voces al proceso de toma de decisiones, en reconocer que la diversidad territorial del país merece espacios propios de deliberación. Consiste, en última instancia, en aceptar que la Constitución pertenece a toda la República y no únicamente a quienes controlan temporalmente las mayorías políticas nacionales. Pareciera que nos encontramos frente a una versión de centralismo donde basta con convertir a los congresos locales en una formalidad.

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