Hay dos certezas que compartimos todos los seres humanos: vamos a morir y preferimos no hablar de ello. Hemos construido sistemas de salud, religiones, códigos penales y tradiciones enteras para convivir con esa realidad; sin embargo, cuando la conversación deja de ser abstracta y adquiere un planteamiento concreto, el debate se vuelve incómodo.
Imaginemos a una persona que sabe que su enfermedad es irreversible, que la medicina ya no puede ofrecerle una cura, que cada día implica más dolor, más dependencia o una pérdida progresiva de aquello que considera una vida digna. ¿Debe tener derecho a decidir cuándo poner fin a ese proceso? ¿Puede el Estado obligarla a permanecer con vida?
Durante años, México ha evitado discutir esas preguntas. Por eso la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de atraer un caso sobre la prohibición de la eutanasia y el suicidio asistido merece atención. No porque vaya a resolver de inmediato uno de los debates más complejos de nuestro tiempo, sino porque representa el momento en que una institución pública acepta hacerse cargo de una conversación que la política ha preferido posponer.
El asunto llegó a la Corte a partir del caso de una persona que impugnó diversas disposiciones legales que hoy prohíben tanto la eutanasia como el suicidio asistido. Lo que el máximo tribunal deberá analizar es si esa prohibición absoluta resulta compatible con principios constitucionales como la dignidad humana, la autonomía personal, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la salud.
Es importante subrayar algo, atraer el caso no significa que la Corte haya reconocido un derecho a la eutanasia, significa, simplemente, que considera que la pregunta merece una respuesta constitucional. Esto en sí, ya es relevante.
Las democracias suelen sentirse cómodas resolviendo asuntos sobre los que existe consenso. Los temas difíciles son distintos. En ellos confluyen convicciones religiosas, principios éticos, evidencia médica, experiencias personales y concepciones distintas sobre lo que significa la vida, la dignidad y la conexión entre ambas; es decir, qué implica vivir con dignidad. La eutanasia pertenece a esa categoría de debates en los que personas razonables pueden llegar a conclusiones profundamente distintas.
Durante mucho tiempo, la discusión pública sobre el tema ha estado dominada por posiciones absolutas; sin embargo, la experiencia internacional muestra una realidad más compleja. Países como Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Canadá y España han construido marcos jurídicos que permiten alguna forma de asistencia médica para morir bajo condiciones estrictas, mecanismos de supervisión y requisitos específicos. Lejos de eliminar el debate, esas regulaciones han obligado a sociedades enteras a reflexionar sobre la autonomía, el sufrimiento y los límites de la intervención estatal.
La evidencia también ha servido para cuestionar algunos de los temores que suelen aparecer en estas discusiones. Uno de los más recurrentes sostiene que la legalización inevitablemente provoca un crecimiento descontrolado de solicitudes. Sin embargo, investigadores que han estudiado experiencias comparadas señalan que la relación no es tan simple y que muchos de los escenarios catastróficos anticipados no necesariamente se materializan en la práctica.
Nada de esto significa que el debate esté resuelto. Existen preguntas legítimas sobre los riesgos de abuso, la protección de personas en situación de vulnerabilidad, el acceso desigual a cuidados paliativos y las responsabilidades éticas del personal médico. Son preocupaciones reales que merecen ser discutidas con seriedad. Precisamente por eso resulta valioso que el tema llegue a la Suprema Corte.
Las instituciones democráticas cumplen una función esencial cuando crean espacios para deliberar sobre cuestiones respecto de las cuales la sociedad no tiene respuestas unánimes. La tarea de un tribunal constitucional no consiste en imponer una moral oficial ni en sustituir el debate público. Su función es analizar si las restricciones impuestas por el Estado son compatibles con los derechos reconocidos por la Constitución.
Nos encontramos en un momento en que buena parte de la discusión sobre el Poder Judicial se ha concentrado en su integración, conviene recordar que las instituciones también se definen por los asuntos que están dispuestas a enfrentar. La relevancia de la Corte no depende únicamente de quiénes ocupan sus asientos, sino de su capacidad para abordar con rigor jurídico los dilemas más difíciles de la vida en sociedad.
Tal vez la discusión nunca produzca consenso; hay preguntas demasiado complejas para eso. Las democracias no se construyen sobre acuerdos absolutos, sino sobre instituciones capaces de procesar desacuerdos difíciles, y pocas preguntas son tan difíciles y humanas como decidir quién debe tener la última palabra sobre cuándo la vida merece ser vivida.

