Un grupo de manifestantes protestó a las afueras del de la Ciudad de México en rechazo a la de los scooters y bicicletas eléctricas.

Los inconformes marcharon desde el Monumento a la Revolución, algunos de ellos conduciendo este tipo de , y llegaron al cruce de las calles de Donceles y Allende, en la colonia Centro, en donde se encuentra la sede del Poder Legislativo local.

Ahí, comenzaron a protestar y cerraron la circulación vehicular. Mujeres y hombres, su mayoría jóvenes, con pancartas y gritos manifestaron su inconformidad contra el emplacamiento de este tipo de unidades, pues advirtieron que esto es un nuevo impuesto disfrazado.

Además mostraron su rechazo a que ya no se les permita circular por las ciclovías.

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Los inconformes estuvieron por espacio de una hora en las escalinatas del recinto legislativo y posteriormente se dispersaron.

Cabe recordar que fue la jefa de Gobierno, Clara Brugada, quien envió al Congreso local la iniciativa para regular los scooters y bicicletas eléctricas.

Foto: Cuartoscuro
Foto: Cuartoscuro

Fue el 7 de agosto cuando la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Congreso capitalino aprobó que los conductores de scooters y bicicletas eléctricas, y demás vehículos eléctricos personales, deban portar licencia.

Con seis votos a favor y una abstención, las y los legisladores avalaron cambios a los artículos 9, 12 y 64 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México para crear la categoría: Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (Vemepe), que serán aquellos que para su conducción cuenten con acelerador independiente, tengan dos o más ruedas y estén equipados con un motor eléctrico cuya velocidad máxima excede los 25 kilómetros por hora.

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Estos vehículos se clasificarán en tipo A: con peso menor a 35 kilogramos; y tipo B: con peso mayor a 35 y hasta 350 kilogramos.

Foto: archivo/EL UNIVERSAL
Foto: archivo/EL UNIVERSAL

El dictamen precisa que todo conductor de vehículo motorizado, en cualquiera de sus modalidades, incluyendo a los motociclistas “y personas conductoras de vehículos motorizados eléctricos personales”, deberá contar y portar licencia correspondiente al tipo de vehículo para conducir, junto con la documentación establecida en la Ley de Movilidad, es decir, placas.

Uno de los artículos transitorios de este dictamen precisa que la persona titular de la Jefatura de Gobierno, en un plazo de 360 días contados a partir de la entrada en vigor del Decreto, deberá realizar las adecuaciones correspondientes al Reglamento de la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito para formalizar estas reformas.

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