
En medio de protestas, el pleno del Congreso del Estado de Puebla, aprobó diversas reformas legales para regular el tránsito de scooters y bicicletas eléctricas, así como imponer mayores controles a los motociclistas, por lo que fue llamada la Ley Casco.
Con el voto a favor de la mayoría morenista y sus aliados, avalaron una reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado, cuyo punto de mayor controversia fue imponer medidas de control a los motociclistas.
Y es que con esta reforma se obliga a particulares a portar en el casco un distintivo expedido por la Secretaría de Movilidad y Transporte y a los repartidores de distintas aplicaciones un chaleco fluorescente y el número de identificación.
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Legisladores de oposición denunciaron que la Ley Casco es discriminatoria y viola la Ley de Personalidad, además que no está a regulado en el Código Financiero la expedición de un distintivo especial para los motociclistas.
A las afueras de la sede legislativa, docenas de motociclistas se manifestaron en contra de dichas reformas y denunciaron que nunca fueron escuchados por los diputados de Morena.
Incluso, los inconformes cerraron una importante vialidad, lo que generó fuertes problemas viales.
Las reformas señalan que en el casco de los motociclistas se deberá adherir un distintivo con código o serie alfanumérica que identifique a la persona.
Dicho código deberá dirigir al sistema que para el efecto integre la Secretaría de Movilidad y Transporte con base en los datos de las licencias de manejo de motociclistas.
Se estipula el uso de chamarra o chaqueta con al menos el veinte por ciento de material reflejante, obligatorio en cualquier horario; circular en todo momento con las luces encendidas; se prohíben tripulantes menores de doce años.
Así como queda prohibido transportar a personas que no puedan sostenerse por sí mismas; así como la alteración de motocicletas para la ampliación de asientos.
Para el caso de motocicletas destinadas al servicio de mensajería y paquetería en activo, solo podrá circular la persona conductora; no podrán portar el casco de seguridad cuando desciendan de la motocicleta.
Además deberán circular en medio del carril y no podrán circular dos o más motocicletas en el mismo carril.
En tanto, las bicicletas eléctricas, monopatines eléctricos y otros dispositivos de tracción asistida que superen los 25 kilómetros por hora, no podrán circular por vías primarias, de acceso controlado o de alta velocidad, salvo en los casos en que exista infraestructura segura.
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