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TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIS.- El Congreso de Chiapas aprobó reformas a la Constitución Estatal a favor de los derechos humanos de las mujeres y de las personas gestantes, con las cuales se abriría la posibilidad legal para la posterior despenalización sin restricciones del aborto en la entidad.
El 2 de mayo de 2023 la anterior Legislatura local aprobó reformas al código penal estatal que permiten la suspensión del embarazo, cuando éste sea producto de violación, la madre corra peligro de muerte o el producto sufra alteraciones genéticas o congénitas.
Este martes, el pleno del Legislativo aprobó el dictamen emitido por las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salud, relacionado con los derechos de las mujeres y personas gestantes.
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Así fue aprobada la iniciativa de decreto que reformó el párrafo cuarto, del artículo 4, de la Constitución Política de Chiapas.
El reformado texto establece que “El Estado reconoce, protege y tutela, el derecho a la vida que todo ser humano tiene, sin perjuicio de las excluyentes de responsabilidad previstas en la legislación penal del estado de Chiapas”.
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En un comunicado, la Legislatura precisó que el párrafo anterior de la constitución estatal indicaba que “El estado reconoce, protege y tutela, el derecho a la vida que todo ser humano tiene desde el momento de la concepción, entra bajo la protección de la ley".
“Y se reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural, salvo las excepciones que establezca la legislación penal”.
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En la exposición de motivos y debates argumentaron a favor de la reforma, las diputadas del Partido Verde Ecologista de México, Rosalinda López Sánchez; de Morena, Faride Abud García; y por el Partido del Trabajo, Elvira Catalina Aguiar Álvarez.
Participó en contra Jovannie Maricela Ibarra Gallardo, del Partido Acción Nacional.
Fuentes legislativas comentaron que con esa reforma a la Constitución Política de Chiapas quedaría abierta la posibilidad para la posterior etapa de reforma al código para despenalizar sin restricciones el aborto en Chiapas.
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Los legisladores aprobaron por mayoría de votos la iniciativa de decreto que reformó el artículo 181 del código penal local relacionado con la suspensión del embarazo.
La reforma establece que el aborto no es punible cuando el embarazo “sea consecuencia de violación, o cuando la madre embarazada corra peligro de muerte”.
Asimismo, cuando “pueda determinarse” que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas “que den por necesario el nacimiento de éste con trastorno físico o mentales graves”.
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Lo anterior, “previo dictamen del médico que la asista oyendo el dictamen de otros médicos especialistas cuando fuera posible y no sea peligrosa la demora”.
En aquel momento, Legislatura local estableció que con esa reforma penal se garantizaba el derecho que tienen las víctimas a la reparación integral y a las medidas de no repetición.
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