En México, el retiro de fondos de una cuenta no está limitado solo a la jubilación.

También puede solicitarse en situaciones específicas como desempleo, matrimonio o por aportaciones voluntarias, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Aquí te explicamos los detalles.

El 65% del segmento poblacional en edad madura en el país prevé que los apoyos del gobierno se conviertan en su primer fuente de ingresos. Foto: Pexels
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Acceder a tu Afore: ¿quién puede hacerlo y cuándo?

En el sistema de ahorro para el retiro en México, los trabajadores que cotizan en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tienen una cuenta en una Afore (Administradora de Fondos para el Retiro), pueden retirar parte o la totalidad de sus recursos bajo ciertas condiciones. Para 2025, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) ha recordado los criterios que aplican según el tipo de retiro que se quiera realizar.

El retiro total por pensión es posible cuando el trabajador cumple con los siguientes requisitos:

  • Edad mínima de 60 años si se solicita la pensión por cesantía en edad avanzada.
  • Edad de 65 años si se busca la pensión por vejez.
  • Tener un mínimo de 850 semanas de cotización si se está bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1997.

En estos casos, primero se debe gestionar la pensión ante el IMSS. Una vez aprobada, el trabajador podrá acudir a su Afore para tramitar el retiro de sus recursos acumulados.

Retiros parciales: opciones antes de la jubilación

Además del retiro por pensión, existen otras modalidades de retiro parcial que permiten a los trabajadores acceder a una parte de sus fondos antes de la edad de retiro. Estas son:

Por desempleo

Es una opción para quienes pierden su empleo y necesitan liquidez. Los requisitos son:

  • Tener al menos 46 días en condición de desempleo.
  • Haber cotizado al IMSS mínimo dos años.
  • Contar con tres años o más desde la apertura de la cuenta Afore.
  • No haber hecho un retiro por desempleo en los últimos cinco años.

Este retiro permite acceder al equivalente de entre 30 y 90 días del salario base. Sin embargo, implica un descuento en las semanas de cotización ante el IMSS, aunque estas pueden recuperarse con aportaciones voluntarias posteriores.

Por matrimonio

También es posible acceder a un retiro único por concepto de gastos de matrimonio. Para ello, se requiere:

  • Contar con mínimo 150 semanas cotizadas a partir del 1 de julio de 1997.
  • Presentar la resolución de ayuda por matrimonio emitida por el IMSS.
  • Estar registrado como trabajador activo.
  • No haber ejercido este derecho anteriormente.

A diferencia del retiro por desempleo, esta modalidad no afecta el número de semanas cotizadas.

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
Foto: Archivo / EL UNIVERSAL

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Aportaciones voluntarias

Los trabajadores también pueden disponer del dinero que hayan ingresado a su cuenta de Afore como aportaciones voluntarias, sin importar su edad o condición laboral, siempre y cuando se cumpla con el plazo de permanencia que establezca cada administradora.

¿Cómo hacer el trámite?

Para cualquiera de estas opciones, el procedimiento suele comenzar con una solicitud formal ante la Afore correspondiente. En el caso de los retiros por desempleo o matrimonio, es indispensable contar con documentación oficial emitida por el IMSS.

Los retiros pueden tardar hasta cinco días hábiles en hacerse efectivos una vez aprobada la solicitud.

Es recomendable acudir directamente a la Afore o consultar su portal en línea, así como comunicarse con la CONSAR al teléfono 55 13 28 50 00 para recibir orientación personalizada.

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