Las celebraciones del dejaron toda clase de anécdotas para los gobernantes, quienes superados por la emoción de la celebración se volvieron virales. Tal es el caso de la alcaldesa de Tuxpan, Jalisco, Claudia Gil, a quien se le rompió el mástil de la bandera en plena ceremonia.

El video que se viralizó en redes sociales como muestra el momento en que la alcaldesa lanza las arengas propias de la celebración del 15 de septiembre y tras gritar el tercer “Viva México”, toca la campana tal como lo marca el protocolo.

El problema se dio cuando la edil tomó la bandera de México y comenzó a ondearla desde el balcón del edificio de la Presidencia Municipal. Con lo que no contaba Claudia Gil fue que el mástil no soportaría y se rompería dejando caer el lábaro patrio al suelo. El incómodo momento provocó risas y burlas entre los ciudadanos reunidos para dar el Grito de Independencia en la plaza principal de Tuxpan, Jalisco.

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La alcaldesa permaneció en silencio y sólo optó por bajar las manos con lo que le quedó del mástil, mientras que un hombre, aparentemente del personal de Gobierno, alzó la bandera que cayó al suelo.

En redes sociales el video ha generado burlas, pero también dudas de si esta acción no constituye un delito de acuerdo con la Ley del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales; “la bandera no debe tocar el suelo”, “De cuánto $ es la sanción que les va a tocar pagar??”, “esa caída les saldrá $$$ por.Yanto la irán a sancionar!? (sic)”, “Mi Tuxpan otro día más triunfando, AJJAJA”.

¿Dejar caer la bandera de México al piso es un delito?

De acuerdo con la Universidad Nacional Autónoma de Nuevo León la bandera de México nunca debe tocar el piso debido a que se considera una falta de respeto al símbolo patrio.

En tanto que el artículo 14 de la Ley del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales indica: “la Bandera Nacional saludará mediante ligera inclinación, sin tocar el suelo, solamente a otra bandera, nacional o extranjera; en ceremonia especial, a los restos o símbolos de los héroes de la Patria; y para corresponder el saludo el presidente de la República o un Jefe de Estado extranjero en caso de reciprocidad internacional. Fuera de estos casos, no saludará a personas o símbolo alguno”.

El símbolo patrio forma parte de los adornor del Día de la Independencia. Foto: Pixabay
El símbolo patrio forma parte de los adornor del Día de la Independencia. Foto: Pixabay

¿Qué acciones se consideran infracciones contra los Símbolos Patrios?

De acuerdo con el artículo 56 de esta Ley, las infracciones por las que se imponen multas económicas de hasta 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida Actualización (UMA) e incluso arresto por 36 horas, son:

  • Alterar o modificar las características de la Bandera Nacional
  • Utilizar el Escudo Nacional sin autorización
  • Inscribir en la Bandera Nacional la denominación o razón social de las instituciones sin la autorización a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7mo.
  • Omitir rendir honores a la Bandera Nacional
  • Inscribir en la Bandera Nacional el nombre de personas físicas o Instituciones para promover su imagen, bienes o servicios
  • Portar la banda presidencial sin ser el Presidente
  • Alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos
  • Cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro
  • Cantar o ejecutar los himnos de otras nacionales sin autorización
  • Omitir la transmisión del Himno Nacional en los tiempos del Estado

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