Semana Santa representa una ocasión ideal para fortalecer los lazos familiares y disfrutar de un merecido descanso.

En muchos casos, las personas aprovechan este tiempo para viajar o participar en actividades recreativas, sin embargo, no todos tienen la misma posibilidad. Existen trabajadores que, debido a las necesidades de sus empleadores, deben cumplir con su jornada laboral durante estos días festivos. Ante esta situación, surge una pregunta recurrente: ¿recibirán un pago adicional o doble por laborar en Semana Santa?
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¿Se paga doble en Semana Santa?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en México, específicamente en su artículo 75, los días jueves y viernes santos, así como el sábado, no son considerados como días de descanso obligatorio. Esto implica que, a menos que exista un acuerdo específico entre el empleador y el trabajador, estos días no generan un pago adicional.

En consecuencia, aquellos empleados que deban laborar durante la Semana Santa deberán hacerlo bajo las mismas condiciones habituales, es decir, con el pago correspondiente a sus jornadas regulares.
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Por otro lado, es fundamental aclarar que únicamente aquellos empleados que trabajen el domingo de Pascua (día en el que se conmemora la resurrección de Jesús) podrán recibir el pago correspondiente a la prima dominical, como lo establece la ley. No obstante, este pago no tiene relación con el carácter religioso de la festividad, sino que se otorga a aquellos que laboran en domingo, independientemente de la ocasión.

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¿Qué sucede si faltas al trabajo en Semana Santa?
En caso de que un trabajador decida ausentarse de su puesto durante los días jueves y viernes santos, la empresa podría aplicar sanciones, ya que, como se mencionó anteriormente, estos días no son considerados como descanso obligatorio.
La falta injustificada podría ser vista como una violación a las obligaciones laborales, y, dependiendo de la empresa, las consecuencias pueden variar desde un descuento en el salario hasta una sanción disciplinaria más grave.
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