El aguinaldo es un derecho laboral obligatorio en México y su cálculo está regulado para asegurar que los trabajadores reciban esta prestación cada fin de año.
Aunque nació como una gratificación voluntaria, su importancia llevó a que se incorporara a la legislación en 1970.
Sin embargo, uno de los cuestionamientos recurrentes es si el aguinaldo debe pagar ISR. La respuesta depende del monto recibido y de lo que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta.

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¿Quiénes reciben aguinaldo y cómo se determina su cálculo?
El derecho al aguinaldo abarca a todos los trabajadores subordinados, entre ellos personal de base, confianza, planta, sindicalizado, eventual, comisionistas y agentes de comercio o seguros. Incluso quienes ya no laboran en la empresa, siempre que hayan trabajado parte del año, tienen derecho al pago proporcional.
El cálculo depende del tipo de salario percibido. En salarios fijos se hace por día laborado. Si el salario es variable, se toma el promedio de los últimos treinta días trabajados.
Además, se consideran como días laborados ciertos periodos especiales, como licencias de maternidad (pre y post natales), licencias de paternidad, incapacidad por riesgo laboral y descansos semanales.
En el caso del servicio público, los trabajadores del Estado reciben un aguinaldo mínimo de cuarenta días de salario, dividido en dos pagos (antes del quince de diciembre y antes del quince de enero). Esto se establece en la LFTSE.

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Aguinaldo e ISR: cuándo aplica el descuento
El artículo 93 fracción XIV de la Ley del ISR establece que el aguinaldo está exento del pago de impuesto siempre que no exceda el monto equivalente a treinta días de salario mínimo general. Solo el excedente se considera gravable.
La exención se calcula multiplicando el salario mínimo diario por treinta. Incluso si el trabajador recibe un aguinaldo proporcional porque no laboró todo el año, la exención sigue siendo completa.
Es decir, no se reduce proporcionalmente. Solo cuando el monto del aguinaldo supera ese límite, se realiza la retención correspondiente.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ofrece asesoría gratuita para trabajadores que no reciban su aguinaldo, lo obtengan incompleto o presenten dudas sobre la retención de impuestos.
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