Por: Athenea Ruiz Carrillo

Entre demandas por mejores salarios y presupuestos que no aumentaron en términos reales, las universidades públicas autónomas que actualmente están en proceso de revisión salarial y contractual se enfrentan a nuevas reconfiguraciones en las negociaciones con sus sindicatos.

Para este 2025, lo autorizado pone en jaque a las universidades pues el incremento salarial que se obtuvo para la UNAM en noviembre pasado marcó -como cada año- el tope salarial para todas las universidades. Sin embargo, para este año, existe incertidumbre sí se alcanzará al menos el 4% otorgado a la UNAM. Hasta el 1 de febrero del 2025, las universidades que han entrado en proceso de revisión salarial o contractual han logrado un 4% directo al salario y hasta un 2% en diversas prestaciones sociales, lo que ya refleja que este gobierno mantendrá el tope de facto que se le otorga a la UNAM desde hace varias décadas.

Si bien, estas negociaciones presupuestales le corresponden al gobierno federal y a cada institución de educación superior, existe otro proceso que no ha terminado de concretarse, y es la democracia sindical. Pareciera que ello ya se había logrado desde las reformas a la Ley Federal de Trabajo (LFT) en mayo de 2019, que buscó facilitar que los trabajadores demandaran a sus sindicatos mayores compromisos como transparencia y rendición de cuentas, voto personal, libre y secreto para elección de los miembros y para la legitimación del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), así como igualdad de género. Dichas reformas debían quedar garantizadas dentro de los estatutos sindicales, sin embargo, para los sindicatos esta obligación quedó suspendida durante la emergencia sanitaria hasta finales de 2022, cuando por ley debían adecuar sus estatutos, pero a la fecha muchos no lo han hecho, sin mayores consecuencias.

La LFT no es explícita al respecto de la decisión para los estallamientos a huelga, persisten inconsistencias, las cuales contribuyen a la interpretación y a la conveniencia de las cúpulas sindicales. Aún quedan muchas dudas por parte de los trabajadores a los que cubren los CCT; por ejemplo, la ley considera la votación personal, libre y secreta para la revisión del CCT, no así cuando se trata de revisión salarial, a pesar de que los tabuladores del personal administrativo y académico son parte integral de los CCT. Lo mismo sucede con las demandas por violaciones a los CCT, para ello, la LFT sólo contempla que debe ser por la mayoría de los afiliados, pero no garantiza la votación personal, libre y secreta.

Las reformas promovidas por la 4T pretendían darles voz y decisión a los trabajadores. A cinco años de la reforma, lo que prevalece son decisiones de dirigentes sindicales, a través de delegados, con votación a mano alzada que no necesariamente consideran las demandas reales de los trabajadores.

Esperemos que este nuevo gobierno contribuya a generar certidumbres a las IES tanto en la asignación de un presupuesto oportuno y adecuado que les garantice operar y ejercer con responsabilidad sus funciones sustantivas, como a los trabajadores para construir una verdadera democracia sindical en beneficio de condiciones de trabajo dignas.

iarc@azc.uam.mx

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