La nueva Suprema Corte llegó con una promesa: ser una Corte cercana al pueblo. Esto, aseguraban las y los candidatos a ministros, no era solo una frase de campaña, era, en teoría, una redefinición del papel del máximo tribunal en una democracia que desconfía de las instituciones que deciden a puerta cerrada.

Hoy la promesa de campaña alcanzó a las y los ministros. Más de 600 personas, víctimas, organizaciones, académicas y litigantes, han solicitado a la Corte la realización de una audiencia pública antes de resolver sobre el tema, me atrevo a decir, más importante en la agenda constitucional y convencional de nuestro país: la prisión preventiva oficiosa.

Hablar de prisión preventiva oficiosa es hablar de uno de los mecanismos más agresivos del sistema penal mexicano: personas privadas de la libertad sin sentencia, durante años. Es hablar de una figura que ya ha sido cuestionada a nivel internacional y que, en la práctica, ha producido historias de injusticias imposibles de ignorar.

La petición, además, no es extravagante. Es, de hecho, lo mínimo esperable de una Corte que se autodefine como cercana. Lo que se pide es escuchar antes de decidir, abrir el espacio y sobre todo permitir que quienes han vivido las consecuencias de esa política puedan hablar frente al tribunal que está por pronunciarse.

Y sin embargo, la respuesta de Nuestro máximo tribunal constitucional ha sido, hasta ahora, el silencio. Lo paradójico no es solo que la Corte no haya convocado ella misma la audiencia pública, sino que no haya cumplido con lo más elemental de aquello que prometió cuando sus integrantes buscaban legitimidad: escuchar.

Estamos ante una petición básica en cualquier modelo de justicia que presume cercanía: la disposición a oír a quienes serán directamente afectados por la decisión.

Hay algo aún más inquietante detrás de este silencio: la Corte no solo no escucha, sino que tampoco está obligada a hacerlo. No existen reglas claras que definan cuándo procede una audiencia pública, bajo qué criterios se concede o qué peso tiene la solicitud de la ciudadanía. Todo queda en el terreno de la discrecionalidad.

La actitud de las y los ministros electos pareciera decirnos entonces que su supuesta apertura no es un principio, sino una opción. Es decir, se escucha cuando conviene, o cuando no tensiona el sentido de la decisión.

Una Corte que decide si escucha o no sin reglas previas es, en realidad, una Corte que administra la participación mas no la garantiza.

En ese contexto, la discusión sobre la prisión preventiva oficiosa adquiere una dimensión adicional en tanto que no solo está en juego la constitucionalidad y convencionalidad de una figura profundamente cuestionada. También está en juego el tipo de relación que la Corte quiere construir con la sociedad. Una Corte que promete cercanía y se rehúsa a responder peticiones de la ciudadanía, pierde la credibilidad de su propia narrativa.

La pregunta es si la cercanía de la Corte con el pueblo existe más allá de promesas de campaña y los discursos.

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