El 1° de junio de 2025, además de la elección de 881 personas juzgadoras para integrar el Poder Judicial de la Federación, 19 entidades federativas llevarán a cabo la elección de personas juzgadoras del fuero común: Aguascalientes (65), Baja California (172), Ciudad de México (133), Colima (46), Coahuila (106), Chihuahua (305), Estado de México (91), Durango (49), Michoacán (112), Nayarit (49), San Luis Potosí (87), Sonora (50), Tabasco (72), Tamaulipas (147), Tlaxcala (36), Quintana Roo (117), Veracruz (98), Yucatán (14) y Zacatecas (47). En total, 1,796 cargos, de los cuales 386 para magistraturas y 1,410 para juezas y jueces, ello sin incluir magistraturas electorales.
Cada entidad federativa determinó el número de cargos a elegir este año, considerando que el decreto de modificaciones a la Constitución, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024, estableció, en su artículo octavo transitorio, que “las entidades federativas tendrán un plazo de ciento ochenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las adecuaciones a sus constituciones locales. La renovación de la totalidad de cargos de elección de los poderes judiciales locales deberá concluir en la elección federal ordinaria del año 2027, en los términos y modalidades que éstos determinen; en cualquier caso, las elecciones locales deberán coincidir con la fecha de la elección extraordinaria del año 2025 o de la elección ordinaria del año 2027”.
Por ejemplo, Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Durango y Tamaulipas renovarán el 100% de los cargos, mientras que otras lo harán con 80%, 50% o 40% del total, y otras más con vacancias, personas no ratificadas y renuncias.
Para el Tribunal de Disciplina Judicial, por ser un órgano nuevo, se elegirá a sus integrantes en las 19 entidades federativas; en la mayoría se conformará por cinco integrantes, con excepción de Nayarit, Coahuila, Tlaxcala, San Luis Potosí, Quintana Roo y Zacatecas, cuyo tribunal se conformará por tres personas, y Baja California, por cuatro personas.
Al analizar las 19 convocatorias emitidas por los comités de los tres poderes en el ámbito local se puede observar que, en general, los requisitos constitucionales y legales prevén los mismos requisitos que la Constitución General de la República. La mayoría de las personas electas durarán en sus cargos entre ocho y nueve años, con opción a reelección, con excepción de quienes ocupen magistraturas de los tribunales de disciplina judicial, que durarán en su encargo seis años, sin opción a reelección.
¿Por qué es importante el Poder Judicial de la Federación en la vida de un país, de las comunidades, de las familias, de las personas? Porque en todos los conflictos que no pueden solucionarse por acuerdo entre las partes involucradas tienen la opción de dirimirlos ante los órganos judiciales: desde el incumplimiento de un contrato o de una obligación mercantil, la nulidad de un acto administrativo y las disputas familiares por una herencia, hasta la disolución del vínculo matrimonial, el incumplimiento de las obligaciones alimentarias y la investigación y la sanción de un delito. Una sociedad tiene mayor desarrollo cuando posee un robusto sistema de impartición de justicia, en el que existe un árbitro que resuelve con justicia, conforme a los hechos, las pruebas y los argumentos, y que sus decisiones se cumplen a cabalidad.
Esta elección de personas juzgadoras para ocupar 881 cargos en el Poder Judicial de la Federación y 1,796 en 19 entidades federativas de México, es fundamental. Por eso es importante que la ciudadanía, al emitir su sufragio por cada uno de los cargos en disputa, lo haga a favor de las personas con los perfiles más completos, por su conocimiento, su experiencia, sus valores y su compromiso con la justicia.
Maribel Concepción Méndez de Lara
Magistrada numeraria del Tribunal Superior Agrario mendezdelara@yahoo.com.mx
X: @Mmendezdelara3