El Comité de expertos contra las Desapariciones Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas anunció el inicio del proceso para investigar y determinar si las 134 mil desapariciones que se registran en el país son sistemáticas, generalizadas y requieren acciones urgentes. Esto obedece a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada en 2006, tras años de trabajo y análisis de las secuelas fatales de las dictaduras militares. México la ratificó en 2008. Este instrumento internacional define a la desaparición forzada como “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”. También obliga a los países que la han suscrito a tipificar la desaparición forzada como delito; establece que si esta práctica es generalizada o sistemática sea considerada crimen de lesa humanidad; obliga a la investigación de los casos; a que las víctimas tengan acceso a la justicia y a la reparación y a que los países signatarios colaboren tanto en materia de asistencia jurídica como en la búsqueda y la investigación. También establece criterios de información y derecho a la verdad. El cumplimiento de estos principios es supervisado por el comité de expertos independientes.
En septiembre de este año, más de 51 colectivos de familiares que buscan desesperados a uno de los suyos; medio centenar de académicos y más de cien personas en búsqueda, hicieron público el informe que presentaron ante el Comité de Naciones Unidas contra la desaparición forzada conforme al artículo 34 de la Convención. En este, se detalla de manera rigurosa cómo desde Baja California hasta Tabasco la desaparición forzada no es un asunto novedoso, se agudizó en 2006 con la guerra contra el narcotráfico, pero actualmente se practica a lo largo y ancho del país “ya sea por agentes estatales, por miembros de organizaciones criminales con autorización, apoyo o tolerancia del Estado o por estos últimos actuando de manera autónoma”. En todos los casos se detecta una constante: patrones comunes en los perfiles y circunstancias de las desapariciones, omisiones de las instancias responsables, opacidad en el manejo de datos y expedientes e impunidad para los pocos criminales detenidos. En 2020, frente a un universo de 70 mil desaparecidos se generaron 28 sentencias penales. Es decir, solo 0.04 por ciento de los casos. Ese es el tamaño de la impunidad. El gobierno de México ha enviado un informe en carácter de confidencial, a sabiendas de que no se puede reservar información sobre violaciones graves a derechos humanos. También, ha rechazado la decisión del Comité porque “es para situaciones excepcionales”. Ciertamente, tanta muerte y tanto dolor es lo cotidiano, todo menos lo excepcional.
Investigadora de México Evalúa

