Hay dos tipos de razones para anular una elección. La primera tiene que ver con asuntos muy concretos, y pongo el ejemplo más simple de por qué se puede anular una casilla; si el ganador lo hace por 10 votos de ventaja, pero hay 20 votos de más o de menos que no se pueden atribuir a nadie, se anula pues no se puede saber quién ganó.
Si en 2006, cuando Calderón ganó por 42,000 mil votos, Claudia Sheinbaum y Noroña hubieran llevado 300 mil votos oficiales marcados por AMLO (y por tanto fuera de control del IFE), la elección tendría que anularse. Pero llegaron con cajas vacías. En 2012 AMLO perdió por 3.5 millones de votos, pero alegaba que el PRI robó 5 millones. ¿Pero, cómo demostrar esos 5 millones? Tendría, si acaso, que haber llevado al IFE a 5 millones de guajolotes (o chivos) y no sólo 40.
Pero también la ley establece que si la diferencia entre punteros es menor al 5%, y el partido ganador se excedió en sus gastos, puede haber anulación.
Igualmente, se anula la elección si no se logra instalar un 20% de casillas. Todas estas son causales concretas de anulación que en esta elección no aplican.
Pero hay otra causa distinta; se llama abstracta. Y tiene que ver con que la elección fue viciada de origen con diversas irregularidades y delitos masivos que distorsionan todo el ejercicio (Elección de Estado): dinero público en primer lugar, adelanto de campañas, actos públicos pagados por gobiernos locales, espectaculares por todo el país (y antes de tiempo), condicionamiento de programas sociales y la violación sistemática de la ley por parte del presidente. Es esencialmente lo que recién dijo el TEPJF que sucedió.
En tal caso, la oposición no compite contra el partido oficial, sino contra el gobierno federal y los estatales de ese partido, con la gigantesca desventaja que ello supone. Pot tanto, una elección desvirtuada de origen tendría que anularse.
Pongo un ejemplo simple: supongamos un partido de futbol en el que a un equipo le aceptan 14 jugadores y al otro sólo 4. Evidentemente, la ventaja del primero ese enorme y por ende gana 10 a 0.
Supongamos también que la validez de algunos de esos goles es “sospechosa”; por ejemplo, un gol que se mete en falta de lugar; otro que se metió en penalty cuando la falta del jugador fue fuera del área; un gol metido con la mano etc. Lo procedente no sería sólo anular esos goles ilícitos, en cuyo caso el marcador bajaría 7 -0. El ganador es el mismo. Lo que correspondería en ese partido es anularlo, pues estuvo claramente distorsionado desde el inicio en favor de uno de los contendientes. Cualquiera que sepa de ese deporte lo puede afirmar.
Algo semejante ocurrió con estas elecciones. A eso se refiere el término “causal abstracta”, que hubo vicios de origen a tal grado que no se puede dar por válido el triunfo de un equipo (aunque sea bueno).
En la elección de 1988 prevaleció el fraude el día de la elección; la de 2024 en cambio estuvo marcada, más allá de cierto número de irregularidades concretas durante la jornada, por lo viciado de su origen desde años atrás.
Se volcó el aparato de Estado a favor de una de las contendientes, garantizando por tanto su triunfo.
Si los magistrados tuvieran esto en cuenta –deberían, pues se supone defienden la ley y la justicia- en realidad tendrían que anular esta elección. Así, la demanda de anulación formal que se ha presentado no es absurda; tiene fundamento real y valor legal.
Pero bien sabemos de la debilidad estructural de nuestras actuales autoridades electorales, además de que, al parecer, la mayoría son “árbitros vendidos”, es decir, le van al ganador.
Analista. @JACrespo1