La extorsión es una de las expresiones más visibles del poder criminal en México. No siempre deja sangre, pero siempre deja miedo. Es la llamada que detiene el pulso, el cobro de piso que vacía negocios y la amenaza que se cumple cuando no se paga. En cada caso hay una historia de sometimiento, impotencia y una pérdida colectiva, la del Estado que abdica de su deber de proteger.
El escenario cambió. Ya existe una iniciativa formal de la presidenta Claudia Sheinbaum para expedir la nueva Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión. El documento, presentado en la Cámara de Diputados y publicado en la Gaceta Parlamentaria del 20 de octubre, marca un punto de inflexión. México pasa de la dispersión normativa a la construcción de un marco nacional coherente, con sanciones homogéneas y una definición unificada del delito.
El corazón de la propuesta es claro. Se crea un tipo penal básico aplicable en toda la República, con sanciones que van de seis a quince años de prisión y agravantes cuando intervienen servidores públicos, se utiliza el sistema financiero, se impone el cobro de piso o el delito se comete desde un centro penitenciario. La iniciativa también amplía la protección a personas en situación de vulnerabilidad y permite investigar de oficio para que el miedo no paralice a las autoridades ni a las víctimas.
El proyecto legislativo fortalece la respuesta institucional con medidas específicas. Ordena la creación de una Estrategia Nacional para Prevenir y Combatir la Extorsión y de un Centro de Atención a Denuncias que dependa de la Secretaría de Seguridad. Ambos deberán operar con metas medibles y coordinación permanente entre Federación y entidades federativas, especialmente en el control de los cetros penitenciarios, donde se originan buena parte de las llamadas criminales.
El paquete de reformas complementarias busca cerrar los márgenes de impunidad y asegurar coherencia entre las distintas normas penales. Se actualizan el Código Penal Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales; se incorpora la extorsión al catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa y se prevé la extinción de dominio respecto de los bienes vinculados con este delito, con el propósito de afectar las finanzas criminales. También se precisan las reglas de competencia entre autoridades y se refuerzan los mecanismos de cooperación para el intercambio de inteligencia y el seguimiento de operaciones financieras relacionadas con actividades extorsivas.
Todo este andamiaje exige precisión y sobriedad técnica.
No obstante, el legislador deberá tener cuidado. Una sola frase mal construida en la nueva legislación puede convertir una gestión legítima de cobro o una mediación comercial en conductas delictivas, o bien dejar fuera modalidades graves que hoy lastiman a las víctimas. La claridad conceptual marcará la frontera entre una ley justa y una fuente de arbitrariedades, pues la técnica legislativa no es un requisito de forma, sino el pilar de la justicia penal y la garantía de que la ley proteja al ciudadano en lugar de volverse contra él. Ojalá el Congreso de la Unión esté a la altura de esa responsabilidad.
El reloj ya corre. La iniciativa ofrece una ruta completa que abarca prevención, investigación, sanción y control penitenciario. Si el Congreso la convierte en una ley clara, funcional y verificable, el país podrá recuperar parte de la autoridad que el crimen le ha arrebatado. Si se legisla con prisa o sin rigor, la extorsión seguirá cobrando cada día su tributo de miedo.
Abogado penalista. jnaderk@naderabogados.com






