Cuando pensamos en los derechos de las personas LGBT, podemos recordar que nuestros tribunales en México han jugado un papel fundamental en cuestiones como el matrimonio igualitario, la adopción por parejas del mismo sexo, el derecho a la identidad de género, la prohibición de las mal llamadas “terapias de conversión” y la protección contra la discriminación por orientación sexual.
El derecho se crea a través de las experiencias de las personas y parece fascinante la manera en la que la abogacía puede encontrar en casos específicos la creatividad para generar argumentos y criterios para proteger los derechos de las personas. Por ejemplo, la semana pasada la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación protegió los derechos de un matrimonio de dos mujeres frente a una empresa aseguradora al resolver los amparos directos en revisión 2809/2023 y 3458/2023. El proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat fue innovador al aclarar la manera en la que deben considerarse los daños punitivos en casos de discriminación. Es decir, sostuvo que los daños punitivos son parte integral de la reparación por daño moral y pueden ser analizados y otorgados sin necesidad de que las víctimas lo soliciten de manera expresa.
Podemos ver cómo México, a través de sus tribunales, ha construido un sistema jurídico que protege los derechos de las personas LGBT en diversos aspectos de sus vidas. En este caso, al momento de firmar un contrato de seguro de gastos médicos mayores.
Sin embargo, la realidad estadounidense está muy alejada de la nuestra. Esa misma creatividad de la que hablaba también puede ser usada para excluir y discriminar a las personas. Durante los últimos años hemos visto a la Corte Suprema emitir sentencias que anulan el cumplimiento de políticas estatales que buscan combatir la discriminación. Es decir, las personas pueden negarse a preparar un pastel o a crear una página web para quienes decidan contraer matrimonio con personas del mismo sexo, argumentando que se debe respetar su libertad religiosa.
Igualmente la semana pasada, se abrió un nuevo capítulo en la Corte Suprema durante la audiencia del caso Mahmoud v. Taylor, en el que padres de familia de Alabama solicitan que sus hijas e hijos de educación primaria puedan apartarse de las clases cuando se lean libros que hagan mención a personas LGBT. Los padres consideran que, si las escuelas no les permiten retirar a sus hijos, habría una violación a su derecho a la libertad religiosa, contenido en la Constitución. Además, sostienen que los libros incluidos en los temarios escolares buscan adoctrinar a sus hijos.
La discusión entre las partes y las y los ministros llegó al punto en que los miembros del tribunal comenzaron a debatir el contenido de los libros que se leen en las escuelas. El ministro conservador Samuel Alito sugirió —de forma irónica— que abrirían un club de lectura y comenzó a analizar la actitud de uno de los personajes del libro La boda de mi tío Bobby. Alito sugería que el libro adoctrinaba a los niños porque insinuaba que todas las personas debían estar de acuerdo con el matrimonio igualitario. Lo anterior, basado en que una niña de la historia inicialmente se mostraba en contra del matrimonio igualitario, pero cambia de opinión al final. La ministra Sonia Sotomayor se vio obligada a intervenir y aclaró a su compañero que la niña de la historia tenía dudas sobre el matrimonio porque temía que su tío tendría menos tiempo para jugar con ella, no porque estuviera en desacuerdo con que contrajera matrimonio con un hombre.
Aunque la Corte no emitirá una sentencia hasta finales de junio, la mayoría de los ministros pareció estar de acuerdo con los padres de familia y es altamente probable que se emita una regla que les permita retirar a sus hijos de clases que enseñen cualquier contenido contrario a sus creencias religiosas. Esto podría transformar completamente el sistema educativo estadounidense, pues las escuelas públicas de todo el país tendrían que decidir entre modificar sus contenidos educativos o crear nuevos espacios y contratar a más personal para cubrir al grupo de estudiantes que no participarán en las clases con contenido LGBT.