El concepto de impunidad se ha manejado con una gran frecuencia en los últimos días a raíz de la acusación que en su contra formuló una familiar del diputado Cuauhtémoc Blanco, y la solicitud planteada por la Fiscalía del Estado de Morelos, para que le fuera retirado el fuero.

Los medios informaron que en la sesión de la Cámara de Diputados del pasado martes hubo manifestaciones de molestia e incluso agresiones verbales, como descalificaciones en contra del diputado mencionado. El argumento que manejaban los legisladores, por no habérsele retirado el fuero, era que se estaba propiciando la impunidad.

Como titulé este artículo, de ninguna manera se puede hablar de impunidad; esta ni se propició, alentó o cobijó con la decisión adoptada por la mayoría de votos en la sesión de ese día. Lo que sí quedó evidenciada fue la ignorancia de quienes así pensaron.

En distintos medios de comunicación se ha mencionado que es grave que no se haya procedido a quitarle el fuero porque así reina la impunidad. Preocupa que plumas destacadas, como comentaristas reconocidos, emitan argumentos equivocados.

La familiar de Cuauhtémoc Blanco se presentó al Ministerio Público para presentar su denuncia por tentativa de violación; el Ministerio Público debe haber iniciado una Carpeta de Investigación en la que estará la denuncia, así como irse integrando con distintos “datos de prueba” (así se les llama en esta etapa a las pruebas que se aporten).

Se incluirán también peritajes para determinar si existió un daño psicológico por ese hecho; en la investigación de ese delito se practica un examen ginecológico, cuando la fecha del acto delictivo es cercana a la presentación de la denuncia, en este caso me guío por lo que dicen los medios, la denuncia se presentó varios meses después, Los exámenes psicológicos fueron practicados varios meses posteriores al supuesto hecho, y de los dos dictámenes, uno decía que sí había daño psicológico y el otro no. El imputado, como se le llama a la persona que se acusa, al parecer no fue citado. Tenemos que entender que aun con fuero, la investigación puede integrarse, y se le puede llamar a que comparezca el servidor público.

Esa carpeta ya integrada con los datos de prueba obtenidos por el Ministerio Público se envió a la Cámara de Diputados para pedir el desafuero del imputado. La comisión que recibió ese documento consideró que estaba mal integrada, entiendo que no se perfeccionaba la presunta responsabilidad, y de esa manera resolvió que era improcedente; la Fiscalía de Morelos, sin argumentos y constancias sólidos, que probaran la existencia de un ilícito del diputado, solicitó el desafuero. Con seguridad, pretendía enviarla a un Juez, esto se llama judicializar, lo que en el anterior proceso era consignar.

El fuero evita que se ejerza la acción penal en contra de una persona. El ejercicio de la acción, según la ley puede presentarse cuando se “formula imputación”, que es la atribución ministerial ante el Juez, cuando se solicita la “vinculación a proceso”. En concreto el fuero de ninguna manera propicia impunidad.

Nos hemos enterado por los medios, que ya compareció el diputado Blanco a la Fiscalía para ejercer su derecho de declarar o guardar silencio; a estar asistido por un defensor y otros más, y uno que es fundamental “ser considerado y tratado como inocente” (art. 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales). En lo personal, porque el fuero no es injusto, sino al contrario eventualmente puede llegar a evitar que se cometan injusticias, no debe desaparecer, menos ahora cuando está por iniciarse un nuevo Poder Judicial, que lejos de ser democrático, será un órgano más del Ejecutivo.

Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM

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