El sábado, un avión militar estadounidense aterrizó en el aeropuerto de Toluca. Las imágenes circularon en redes sociales y el gobierno federal tuvo que dar explicaciones. La presidenta Sheinbaum afirmó que era un vuelo aprobado por la Secretaría de la Defensa Nacional desde octubre pasado; y que su arribo no requería autorización del Senado porque no transportaba tropas, sólo tripulación desarmada para trasladar personal mexicano. La presidenta del Senado se pronunció en el mismo sentido: la Constitución obliga a autorizar el ingreso de tropas, no de aeronaves, eso lo decide el Gabinete de Seguridad.
Más allá de versiones contradictorias, en la Comisión de Marina del Senado existe un proyecto de dictamen que solicitaba autorización para que un avión con elementos de fuerzas especiales estadounidenses aterrizara en Toluca —los militares participarían en tareas de capacitación a elementos mexicanos, en fechas coincidentes. La solicitud del Ejecutivo llegó el 17 de diciembre de 2025. Estaba programada para votarse en la primera semana de enero, pero no se convocó la sesión extraordinaria en la que debía discutirse. El dictamen nunca se aprobó, pero el avión aterrizó de cualquier forma.
Si la autorización del Senado era innecesaria, como se ha argumentado, ¿por qué había una solicitud formal y un dictamen pendiente? Ni el Consejo de Seguridad Nacional ni la Sedena pueden asumir las atribuciones constitucionales del Senado. Incluso concediendo que se trataba de personal militar sin armamento, afirmar que eso no corresponde con las “tropas extranjeras” a las que se refiere la Constitución es un exceso interpretativo para evadir responsabilidades.
No es la primera vez que sucede algo así. En abril del año pasado, el buque USS Gravely atracó en Veracruz. La Secretaría de Marina lo confirmó días después: se trató de una escala con fines logísticos –de abastecimiento y descanso de sus tripulantes–, una práctica normal de cooperación internacional. Ni siquiera se informó al Senado.
Sería ingenuo ignorar el contexto: durante los últimos siete años el Legislativo ha ido perdiendo presencia y relevancia frente a la concentración de poder en la Presidencia. La erosión de los contrapesos no sólo violenta nuestros principios constitucionales; en el caso de la cooperación internacional en seguridad, ignorar los mecanismos de control parlamentario es además un error estratégico.
El Senado tiene una facultad constitucional exclusiva. El Ejecutivo tiene la obligación de respetarla. Por mandato, principio y pragmatismo. Que una decisión deba ser aprobada por un cuerpo colegiado implica que ese cuerpo es corresponsable de sus efectos. El control parlamentario es un mecanismo que convierte las decisiones ejecutivas en decisiones de Estado. Quizá parezca un trámite ineficiente, incómodo, pero es necesario y hasta conveniente.
Someter las acciones de cooperación en seguridad a la aprobación del Senado fortalecería la posición de la presidenta Sheinbaum ante la Casa Blanca. Le permitiría reconstruir una relación bilateral más institucional y menos personalista; al mismo tiempo, el control parlamentario ofrece corresponsabilidad y legitimidad democrática a las decisiones presidenciales.
Hemos aprendido que nuestra relación con Estados Unidos no puede depender de la buena o mala relación entre dos mandatarios. Exige cauces institucionales y decisiones de Estado. El Senado no debe considerarse un obstáculo incómodo que sortear, sino un escudo negociador que la presidenta puede y debe aprovechar.
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