“Dicho lo anterior, en consecuencia y con fundamento en lo establecido en el artículo 316 y 317 del Código Nacional de Procedimientos Penales se resuelve lo siguiente: Primero, que siendo las 13 horas con 44 minutos del día 26 de septiembre del 2025, se decreta auto de vinculación en contra de… Victor Manuel, hmm…”. El juez se pasa la mano por la cabeza para acomodarse el cabello, mientras pausa y mira algo a su derecha… “por el delito de fraude, ejem”. Una voz de mujer lo interrumpe. “Perdón, su señoría”. “Su señoría”, dice otra voz, esta vez de un hombre. “No sé quién es esa persona, creo que es la víctima”. Una tercera persona interviene: “Es la víctima, Lic.” “Perdón, cierto, una disculpa”… dice el juez y continúa con voz nerviosa “por el indiciado Mario Alberto…”. Fue así como, en una de sus primeras audiencias, , electo juez penal del estado de Aguascalientes, vinculó a proceso al denunciante en lugar del acusado.

Meses antes, y una vez concluida la elección judicial, excluir a Claudio Azul —y a otras personas—, y no emitir la constancia correspondiente, por considerar que no cumplía con el requisito de tener “”. El ahora juzgador impugnó la decisión ante un tribunal. Este órgano confirmó la decisión del Consejo. Sin embargo, esta decisión también fue impugnada —ante la Sala Regional de Monterrey, del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal—. Esta última instancia revocó la sentencia y ordenó que se le entregara la constancia a Claudio Azul Bañuelos y reconocerlo como juez de primera instancia en materia penal del Poder Judicial de Aguascalientes. la Sala no evaluó si cumplía con los requisitos necesarios para convertirse en juez penal. La sentencia se centra en señalar que el Consejo General del IEE carece de facultades para revisar la elegibilidad de aspirantes, ya que se trata de una facultad de los Comités de Evaluación. Es decir, según la Sala Regional, aun frente al incumplimiento de requisitos para ser juez, la autoridad electoral no puede más que entregar la constancia correspondiente. El resultado lo vemos —y padecemos— todas(os): un juez que vincula a proceso a la víctima y debe ser corregido por la defensa y fiscalía en pleno juicio.

El caso de Claudio Azul es uno de en los que juzgadores electos cometen errores o toman decisiones claramente ilegales. Está el caso del Juez Federal quien ha suspendido audiencias porque no conoce el proceso y parece no entender lo que se dice. Su incompetencia ha sido tal que . Está también el caso de la ahora magistrada del Tribunal Colegiado en materia administrativa, Ahleli Feria Hernández, quien al asumir el puesto pidió la renuncia de todo el personal a su cargo, los de confianza y de base (que no dependen de ella). Y seguramente solo nos enteramos de una parte de las pifias que se cometen en los nuevos poderes judiciales.

Una gran parte de los casos que llegan al Poder Judicial tienen que ver con problemas cotidianos. Versan sobre quién se queda con la custodia de los hijos en un divorcio, si hay incumplimiento en el contrato entre una casera y la inquilina, si alguien cometió fraude, si fue legal la clausura de un negocio. La reforma judicial se empujó y aprobó con la promesa de mejorar la justicia, hacerla menos corrupta, más cercana y accesible quienes acuden ahí con sus problemas cotidianos. Por una mejor justicia renunciamos a la independencia judicial, a tener contrapesos y a los millones invertidos en la profesionalización de jueces. Hoy constatamos que el sistema no es más accesible, solo más lento, incierto y menos profesional. Los tribunales hoy son espacios disfuncionales donde los derechos de personas concretas son el costo de aprendizaje y los más vulnerables, como siempre, vuelven a perder.

Doctora en derecho. @cataperezcorrea

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