Con ocasión del fallecimiento de Steve Jobs, en 2011, Sergio Sarmiento escribió un editorial que he utilizado con mis alumnas y alumnos en la clase de Teoría Política: “¿Jobs mexicano?”. Y es que, más allá de los cuestionamientos que Sergio formula sobre cuál hubiese sido el futuro empresarial de Jobs si, en vez de nacer en el norte de California y fundar Apple, en 1976, en el garaje de su casa, he interpelado a aquéllos a propósito de cuantas niñas y niños genios nacen en México pero que, por el solo hecho de su circunstancia, ven de origen condenada su vida a la mediocridad o, incluso, a ser cooptados por el crimen organizado.

Y es que, mientras nacer es un misterio aleatorio (nadie, que yo conozca, ha escogido a sus padres, o decidido en qué país o entorno ser dado a luz), recibir una educación de calidad, que nos permita cerrar las brechas de desigualdad estructural en México, no debiere ser privilegio de unos cuantos.

De ahí que, lo mismo Manuel Gómez Morín que Luis Donaldo Colosio Murrieta, nos interpelaran desde sus distintas ópticas y coyunturas de vida: mientras el primero distinguía los males inevitables (un cataclismo, tsunami, sismo, alud, huracán) de los evitables (analfabetismo, pobreza, injusticia, marginación), el segundo subrayaba, en un pasaje de su discurso como candidato a la Presidencia de la República (6 de marzo,1994): “Yo veo un México de jóvenes que enfrentan todos los días la difícil realidad de la falta de empleo (“jobs”, si se me permite la digresión), que no siempre tienen a su alcance las oportunidades de educación y de preparación……...”. A la luz del pensamiento de uno y otro, ¿qué tanto hemos avanzado en el ejercicio real del derecho a una educación de calidad, para todas y todos?

Porque, recibir una educación de calidad no es sólo -ni mucho menos- hablar de cobertura universal. Si bien tiene una dimensión cuantitativa (i.e. la cobertura misma), el énfasis ha de colocarse en la de carácter cualitativo (i.e. la calidad, orientada por los más altos estándares internacionales). Es, por tanto, un derecho para quien ha de recibirla, y un deber moral y jurídico para quienes han de conferirla (padres, educadores y el Estado).

Como derecho humano, nuestra Constitución establece, en su artículo 3º, que: “toda persona tiene derecho a la educación”, correspondiendo al Estado impartirla y garantizarla en sus niveles inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. Asimismo, el criterio que orientará a la educación será democrático, nacional, contribuirá a la mejor convivencia humana, equitativo, inclusivo, intercultural, integral y de excelencia.

Por su parte, el art. 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948) reconoce tal derecho, y, con carácter vinculante, el art. 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como el art. 26 del Pacto de San José de Costa Rica (como parte de un abanico de tratados internacionales suscritos por México en la materia).

Pero, como del derecho al hecho hay mucho trecho, es menester tener presentes los “datos duros” que nos permitan saber dónde estamos ubicados frente al mundo, por aquello de que lo que no se mide, no se mejora. Porque nada más patético que el derecho a la educación sea para miles letra muerta, escrita asépticamente en un texto jurídico.

Maestro en Ciencias Jurídicas

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