El 28 de noviembre de 2019 la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió un sentencia (expediente SCM-JDC1050/2019) por la que, entre otras determinaciones, vinculó al Instituto Nacional Electoral (INE) a “implementar medidas en los módulos de atención ciudadana que permitan garantizar el derecho a la identidad de las personas suspendidas de sus derechos políticos-electorales, de las que deberán —en su oportunidad— difundir ante las autoridades correspondientes, a efecto de que las personas en dicha situación puedan ejercer su derecho a la identidad, en su vertiente de obtener un medio de identificación”.
En 2023, al asumir la presidencia de la Comisión del Registro General de Electoral y ante las resistencias de la integración de ese Consejo General, promoví la credencialización de personas en prisión preventiva, asumiendo diversas actividades para su integración al padrón electoral.
Luego de algunas controversias, el 21 de febrero de 2024, la Sala Superior del TEPJF emitió la sentencia (expediente SUP-REC-342/2023) en la que ordenó: “vincular al Consejo General del INE para que, en plena libertad de sus atribuciones, en su oportunidad, emita los mecanismos o lineamientos necesarios para garantizar la accesibilidad del derecho a contar con una credencial para votar como documento de identificación, a las personas que se encuentran en prisión preventiva”.
Desde entonces, junto con otra sentencia de la Sala Regional Xalapa (expediente SX-JDC-6/2025) que emitieron obligaciones en el mismo sentido, el 28 de agosto pasado el Consejo General del INE sesionó de manera extraordinaria para aprobar los “Lineamientos para la credencialización de personas privadas de la libertad” en cumplimiento a la sentencia referida de la Sala Superior del TEPJF, basados en un informe previo presentado en 2024.
Estos Lineamientos establecen el marco normativo y operativo a través del cual el INE, por conducto de la Dirección Ejecutiva el Registro Federal de Electores (DERFE) garantizará el derecho de las personas privadas de la libertad (en prisión preventiva o con sentencia condenatoria) a obtener su credencial para votar.
Así, el Acuerdo aprobado por el Consejo General del INE representa un paso firme y un reconocimiento de derechos fundamentales para un sector históricamente invisibilizado: las personas privadas de la libertad.
La credencial para votar, como he señalado en múltiples ocasiones, no es sólo un instrumento electoral, es el símbolo tangible del derecho político más fundamental: el sufragio; también es una herramienta de inclusión, identidad y confianza.
Los Lineamientos establecen un marco operativo riguroso, sensible y técnicamente sólido para establecer procedimientos claros para la inscripción y actualización al padrón electoral tanto por solicitud individual como por mandato jurisdiccional. Se prevén mecanismos de coordinación interinstitucional, protocolos de seguridad, medidas de accesibilidad para personas indígenas y con discapacidad y garantías de confidencialidad en el manejo de los datos personales.
Ninguna persona debe quedar en el limbo jurídico por estar en prisión preventiva porque, incluso en contextos de reclusión, la dignidad humana permanece intacta y con ella los derechos fundamentales.
En este sentido y toda vez que los Lineamientos fueron aprobados, se asegura la homogeneidad de criterios y procedimientos a nivel nacional. Con ello se generan condiciones para que el INE actúe con certeza, con legalidad y con transparencia fortaleciendo la confianza ciudadana y evitando criterios discrecionales en la atención de solicitudes de credencialización de personas privadas de la libertad.
Estamos ante una innovación superlativa que debemos ponderar en toda su importancia y trascendencia política, jurídica y humana. Este mecanismo expresa con claridad la convicción de este instituto de lealtad al principio pro persona, al control de convencionalidad y a la interpretación conforme. Es pues de manera clara un acto de lealtad constitucional a nuestro sistema democrático y al sistema republicano de gobierno. Las personas conservan intactos sus derechos a la identidad y a la identificación,
Con estas acciones el INE reafirma su vocación como garante de derechos, promotor de inclusión y constructor de confianza democrática.
Consejera Electoral del INE