Con la publicación, el pasado 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones la Constitución en materia de reforma al Poder Judicial, surgió un nuevo paradigma en nuestro sistema político: la elección de las personas juzgadoras a través del voto universal, libre y secreto.

En este sentido, en este proceso electoral extraordinario inédito los más de 99 millones de mexicanas y mexicanos inscritos en la lista nominal podrán votar por 9 cargos de ministras o ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; 2 cargos de magistraturas para la Sala Superior y 15 de las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; 5 cargos de magistraturas para el Tribunal de Disciplina Judicial; 464 cargos de magistraturas de Circuito, y 386 personas juzgadoras de Distrito.

Además, en 19 entidades federativas habrá, de igual forma, elecciones para que la ciudadanía concurra a elegir a 1,787 cargos de personas juzgadoras a nivel local.

Bajo este contexto, y de acuerdo con la normatividad electoral, las campañas de las y los candidatos a obtener un cargo como persona juzgadora comenzaron el pasado 30 marzo y tienen 60 días, es decir, hasta el 28 de mayo, para convencer al electorado de que son la mejor alternativa para una justicia pronta, expedita e imparcial en beneficio de la población.

No obstante, la elección tiene diversas aristas que se deben observar y que están detalladas, entre otros acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial, Federal y Locales mismos que pueden ser consultados en el siguiente link:

Dichos Lineamientos determinan una serie de condicionantes importantes y particulares para esta elección judicial entre las que resaltan, de manera general, que los partidos políticos no pueden participar en este proceso electoral; no pueden bajo ninguna circunstancia promover o apoyar públicamente a alguna persona candidata, ni tampoco criticar a otra; no pueden entregar regalos, dinero o cualquier otro beneficio en favor de alguna persona candidata; tienen prohibido erogar o pagar a empresas o personas para la realización de encuestas con el objetivo de difundirlas y, con ello, influir en la percepción de la ciudadanía.

Asimismo, para las personas candidatas a juzgadoras existen varias disposiciones que deben observarse entre las que se encuentran que no debieron hacer campaña antes del 30 de marzo; la imposibilidad de contratar espacios en radio y televisión, internet, pautado en redes sociales o cualquier otro medio de comunicación para la promoción de sus candidaturas; solicitar o recibir financiamiento público o privado en dinero o en especie, de manera directa o indirecta para sus campañas; ofrecer ni dar regalar o dinero; cometer violencia política de género; difundir propaganda con calumnias o acusaciones falsas; usar propaganda que afecte o exponga a niñas, niños y adolescentes; usar papel no reciclable o con sustancias tóxicas en su propaganda, entre otras.

Para el caso de las personas servidoras públicas no pueden hacer proselitismo, promover o criticar púbicamente alguna candidatura; usar recursos públicos para propaganda relacionada con la elección; hacer campaña en horarios laborales; usar programas sociales para presionar a la ciudadanía a votar por alguna persona candidata, entre varias más.

Los Lineamientos referidos establecen claramente qué personas y sujetos obligados pueden ser acreedores a sanciones, entre las que están principalmente las personas candidatas a juzgadoras, las personas físicas o jurídicas colectivas, organizaciones de observación electoral, partidos políticos y las agrupaciones políticas.

La finalidad de esta normativa es que, ante este primer ejercicio de este tipo en México, el mismo se desarrolle con todas las garantías de una elección equitativa, con certeza jurídica, transparencia, en condiciones de igualdad y libres de violencia.

La población puede consultar la trayectoria académica y profesional de cada una de las personas juzgadoras en el Sistema “Conóceles”, alojado en la página electrónica del INE.

Ante el arranque de las campañas judiciales, a todas las personas candidatas les deseamos mucho éxito.

Consejera electoral del INE

Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.

Google News

TEMAS RELACIONADOS