Astrid Puentes Riaño

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) evalúa uno de los casos más relevantes de la historia: la Opinión Consultiva sobre las obligaciones de los Estados en materia de . Entre las cuestiones clave a resolver está si el derecho humano a un ambiente limpio, sano y sostenible será reconocido como derecho internacional consuetudinario y, por ende, vinculante para los Estados.

Si se reconociera como derecho consuetudinario, todos los Estados tendrían la obligación jurídica de protegerlo, independientemente de su reconocimiento expreso en tratados y su legislación nacional. Responder esta cuestión es urgente en un mundo amenazado por la triple crisis planetaria del cambio climático, contaminación y pérdida de biodiversidad, que afecta desproporcionadamente a comunidades marginadas.

Durante las celebradas en diciembre en la CIJ, más de 60 Estados que el derecho a un ambiente sano es derecho internacional consuetudinario y, por tanto, vinculante en virtud del derecho internacional. Sin embargo, diez Estados: Alemania, Arabia Saudita, Australia, Canadá, China, Estados Unidos, Kuwait, Nueva Zelanda, Reino Unido y Serbia se opusieron argumentando que el reconocimiento de este derecho en las resoluciones de la ONU es político y carece de sustento legal.

Si bien su relevancia jurídica es innegable, la realidad sin precedentes que enfrenta la humanidad con la triple crisis planetaria demuestra que este debate trasciende el ámbito puramente jurídico. Millones de personas afectadas por huracanes, tifones, incendios, sequías, aumento del nivel del mar, acidificación de océanos y contaminación atmosférica, entre otros impactos, reflejan la urgencia e importancia de este debate.

La relevancia del derecho consuetudinario internacional

El derecho internacional establece que las obligaciones de los Estados surgen de dos formas: convencionalmente por tratados ratificados por los Estados y, mediante la costumbre, cuando de la práctica se deriva una norma vinculante.

Para determinar si el derecho al ambiente limpio, sano y sostenible es consuetudinario, este debe ser una práctica: a) consistente y generalizada de los Estados y, b) ser aceptada por los Estados como obligatoria (opinio juris). Para el caso se aplican ambos requisitos.

En primer lugar, el derecho a un ambiente sano ha sido ampliamente reconocido a nivel internacional, regional y nacional desde la década de 1970. Internacionalmente, la  y el de la ONU lo reconocieron en 2021 y 2022 respectivamente. Nacionalmente: 164 países, el 85% de los Estados de la ONU, lo han reconocido en sus constituciones o leyes.

A esta amplia incorporación se suman miles de sentencias judiciales, legislaciones y reglamentaciones en todo el mundo que han aplicado el derecho al ambiente sano, evidenciando la existencia de opinio juris. Es decir, los tribunales han responsabilizado a Estados y actores privados por violar sus obligaciones al respecto, aunque, como sucede con otros derechos consuetudinarios, no requiere unanimidad. Por ejemplo, sobre el derecho a la vida o la prohibición de la tortura, hay Estados que difieren de la obligación internacional, lo que no invalida su carácter obligatorio.

La importancia de la decisión de la CIJ

Esto no se trata solo de un debate jurídico; también es un debate existencial para la humanidad. Las desigualdades históricas y sistémicas exacerban los impactos del cambio climático y afectan desproporcionadamente a grupos y comunidades marginadas. Por ello, la CIJ puede y debe aclarar las obligaciones de los Estados y destacar lo que estos y las empresas deben hacer para afrontar la crisis climática, sentando así un precedente histórico.

El derecho a un ambiente limpio, sano y sostenible es una herramienta esencial para enfrentar la triple crisis planetaria. Existe evidencia y argumentos jurídicos sólidos para reconocerlo como derecho internacional consuetudinario lo que protegerá a las generaciones presentes y futuras y reforzará la capacidad global para abordar los retos sin precedentes que enfrentamos como humanidad.

Relatora Especial de la ONU sobre el derecho humano a un ambiente limpio, sano y sostenible y directora del Laboratorio por la Justicia Ambiental y Climática de la Universidad Iberoamericana

@SREnvironment

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