Desde el 24 de diciembre de 2020, las y los jóvenes en México tienen reconocido, a nivel constitucional, el derecho al desarrollo integral. Para materializarlo, se facultó al Congreso de la Unión para expedir la Ley General en materia de Personas Jóvenes, dentro de un plazo de un año. Sin embargo, en 2024 un grupo de jóvenes promovió un amparo ante la ausencia de dicha norma y el caso, eventualmente, llegó a la Suprema Corte, la cual debía resolver si existía omisión de emitir dicha ley.

Cabe señalar que la sentencia de la Corte no legisla en lugar del Congreso. Lo que hace es recordar que la deliberación legislativa tiene límites temporales cuando de por medio hay un derecho constitucional pendiente de desarrollo, y que la revisión judicial de las omisiones absolutas es, precisamente, uno de los mecanismos con que cuenta un sistema constitucional para evitar que los derechos queden atrapados en el papel.

Ahora bien, no se trata de un asunto menor: de acuerdo con el INEGI, en nuestro país existen más de 30.4 millones de personas entre 15 y 29 años, lo que representa el 23.3% de la población nacional. Dicho en otras palabras: 1 de cada 4 personas es joven. Por tanto, una Ley de Personas Jóvenes no significa hablar para unos cuantos, sino del presente y del futuro de México.

A ello, se suma también la gran diversidad que existe entre ellas y ellos: son una generación donde el 51% son mujeres y el 49% hombres, que tienen trayectorias distintas, contextos desiguales y aspiraciones válidas que no pueden dejar de ser vistas por las autoridades.

Además, la juventud mexicana se enfrenta, constantemente, a grandes desafíos: la tasa de desocupación alcanza el 4.8%, lo cual es casi el doble que el promedio nacional, y cerca del 59% de quienes cuentan con trabajo lo hacen en condiciones e informalidad. Asimismo, 14.5% de personas jóvenes no participan en actividades económicas, lo que evidencia brechas estructurales que impiden que accedan a trabajos dignos.

A pesar de ello, la gran ventaja que existe entre las y los jóvenes no es solo su talento, sino también la creatividad con la que cuentan y el indiscutible esfuerzo por salir adelante.

Frente a ello, una Ley de Personas Jóvenes brinda la oportunidad de establecer herramientas y mecanismos que potencien la garantía de sus derechos, particularmente a la educación y la salud, a la participación política, al trabajo, a la igualdad de género, a la cultura y a la seguridad social, por mencionar algunos ejemplos.

Para lograrlo, no partimos de cero: existen casos de otros países que han dan dado los primeros pasos para el reconocimiento de los derechos de las juventudes. En Colombia, por ejemplo, cuentan con un Estatuto de la Ciudadanía Juvenil; en Costa Rica existe ya legislación que reconoce a las juventudes como sujetos activos en la construcción de políticas públicas; y en España se han impulsado estrategias nacionales con un enfoque integral de derechos.

Más aún: a nivel regional, contamos con la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, que establece todo un catálogo de derechos y los desarrolla, dotándolos de contenido y establecimiento mecanismos para su cumplimiento.

Reconocer los derechos de las juventudes, a través de una ley en la materia, no solo es proteger el presente de México, sino ir sentando bases sólidas para un mejor futuro.

Al final, las leyes cobran verdadero sentido cuando mejoran la vida de las personas. En el caso de las juventudes, reconocer y garantizar sus derechos significa brindarles mejores oportunidades para desarrollar su talento, acceder a una educación de calidad y construir el futuro que merecen.

Esa es la importancia del amparo en revisión 529/2025 que el pleno de la Suprema Corte aprobó el pasado 1° de julio de 2026.

Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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