Tribunal Electoral ordena a INE investigar reparto de acordeones en Nuevo León; PAN denuncia posible injerencia de MC en elección judicial

La Unidad Técnica Electoral debe emplear sus facultades de investigación para esclarecer los hechos denunciados, señala el magistrado Reyes Rodríguez

La UTCE es el área encargada en recibir e investigar las quejas presentadas ante el INE. Archivo/ El UNIVERSAL
La UTCE es el área encargada en recibir e investigar las quejas presentadas ante el INE. Archivo/ El UNIVERSAL
Nación | 16-07-25 | 16:38 | Actualizada | 16-07-25 | 16:38 |

La Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó al admitir la queja presentada contra el reparto masivo de acordeones para la de Nuevo León, en el que presuntamente participaron liderazgos de Movimiento Ciudadano.

El presentó esta denuncia ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, que determinó no iniciar un procedimiento especial sancionador contra Movimiento Ciudadano y otros sujetos por supuesta injerencia en la elección judicial.

La queja se presentó contra el coordinador estatal en el estado de Nuevo León, quien además es diputado local, por presuntamente promover el uso de esta herramienta para posicionar perfiles en la pasada elección, mediante la foto de un acordeón en sus redes sociales.

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La magistrada Janine Otálora, ponente del caso, explicó que dado que se trata de procedimientos de interés público cuyo objetivo es ofrecer condiciones para el ejercicio de los derechos de participación política, el INE no puede excusarse de investigar posibles infracciones electorales, si existen elementos de su probable comisión.

“En este caso, estimo que la medida en que, ciertamente es un partido político pero viene denunciando a otro partido político, no denuncia a candidaturas en especial, sino exclusivamente a un partido político por una indebida injerencia en el proceso electoral”, apuntó.

La magistrada presidenta, Mónica Soto, sostuvo que la autoridad debe hacer una valoración minina antes de desechar los asuntos.

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“No hizo ningún ejercicio de investigación de tipo preliminar e incluso certificación, a fin de obtener elementos suficientes para estar en condiciones de determinar si los hechos denunciados pueden o no constituir un ilícito electoral y, en consecuencia, justificar el inicio o no del procedimiento administrativo”, expuso.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón enfatizó en que las investigaciones periodísticas gozan de una presunción de veracidad, de licitud, de validez, derivado de la calidad especial que tiene la libertad de expresión y prensa en el debate político, por lo que son indicios suficientes para investigar.

“Dada la complejidad para acreditar irregularidades, como la que está denunciando, en este caso, otro portado político, distinto a Movimiento Ciudadano, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral con base en los elementos contenidos en los reportajes periodísticos puede y, en mi opinión debe emplear sus facultades de investigación para allegarse de mayores elementos y esclarecer los hechos denunciados, presentando ante la Sala Especializada la instrucción de su investigación y que resuelva en la instancia jurisdiccional”, manifestó.

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