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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la ilegalidad del “mecanismo de seguimiento de las campañas electorales”, iniciado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pues, dijo, carece de facultades para intervenir en temas electorales.
Por unanimidad, los magistrados electorales ordenaron a la CNDH frenar la difusión del “Primer Informe sobre violencia política para la protección y defensa del Derecho a la Democracia”, pues además de ilegal, contraviene el principio de imparcialidad y equidad de la contienda electoral.
La Sala Superior ordenó el retiro del sitio electrónico de la CNDH el “Primer Informe sobre violencia política para la protección y defensa del Derecho a la Democracia”.
Durante la sesión de este miércoles, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña aclaró que “el proyecto no propone amordazar a la CNDH, ni realiza una interpretación regresiva respecto de los derechos humanos o la democracia, el proyecto se pronuncia sobre la validez de un acto que tiene incidencia en la materia electoral y por tanto que entra en la competencia material de este Tribunal Electoral”.
“Quiero dejarlo claro: La Constitución que expresamente prohíbe a la CNDH pronunciarse en temas electorales es obligatoria para todas las autoridades, incluída la CNDH”, mencionó.
La magistrada Janine Otálora Malassis indicó que “lo cierto es que durante un proceso electoral, los pronunciamientos de órganos de gobierno en los que refieren la supuesta existencia de irregularidades además de no respetar los derechos procesales de las personas involucradas e invadir atribuciones de las autoridades electorales, es claro que tienen incidencia en dichos procesos y en el ánimo de los electores, con lo cual pueden generarse distorsiones en la neutralidad e imparcialidad de los procesos”.
Los magistrados del TEPJF explicaron que la CNDH transgredió el desarrollo del proceso electoral en curso.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera dijo que “se construyó un registro que dará seguimiento a las campañas, a los discursos de las candidaturas, las plataformas propuestas, los spots y la propaganda, incluso a los eventos, así como a las noticias y opiniones emitidas en los medios de comunicación y redes sociales”.
Mónica Aralí Soto Fregoso, magistrada presidenta, indicó que “declarar inválido el mecanismo para vigilar las campañas electorales en el actual proceso electoral implementado por la CNDH y dejar sin efectos el primer informe sobre violencia política emitido en el marco de la implementación de dicho mecanismos, así como todos lo actos derivados del mismo que incidan en la materia electoral”.
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