Por mayoría, la Sala Superior del confirmó la convocatoria, proceso de insaculación e integración de los comités de evaluación para la elección del Poder Judicial, al señalar que se realizaron conforme a la ley, por lo que desestimaron las.

Por unanimidad, sólo accedieron a un cambio para vincular al Senado a que emita una regulación para las personas juzgadoras que ya habían sido seleccionados, pero aún no estaban adscritos a un circuito, por lo que no había certeza sobre su situación en esta elección.

“Se reconoce que el Senado ha omitido definir la situación jurídica de personas juzgadoras sin adscripción definitiva o en cargos interinos, lo que genera incertidumbre. Se le vincula para que emita una regulación que defina la situación jurídica de las personas bajo esa circunstancia”, señala.

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Juzgadores inconformes y hasta partidos impugnaron distintas etapas de la elección, señalando agravios como las suspensiones judiciales, paridad de género, acciones afirmativas, entre otros.

Los diversos asuntos fueron aprobados por mayoría de tres votos de las magistraturas Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, así como los votos en contra de Janine Otálora y Reyes Rodríguez.

Sobre la convocatoria emitida por el Senado, los inconformes apuntaron que había suspensiones judiciales que impedían continuar con el proceso electoral.

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Al respecto, el TEPJF determinó que “es inviable que las autoridades puedan suspender los actos de la elección de personas juzgadoras

Del acuerdo para el proceso de insaculación para las listas de cargos a elegir, la autoridad expuso que “en el actual proceso electoral extraordinario, no resulta aplicable la prohibición de emitir leyes electorales dentro de los 90 días previos a su inicio”.

También se propuso desestimar los agravios sobre la falta de acciones afirmativas para la integración de los listados.

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En distintos proyectos, los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora plantearon revocar la convocatoria del Senado por motivos de paridad, falta de criterios para la evaluación de los comités y acciones afirmativas, pero estos proyectos fueron rechazados.

La magistrada Otálora dijo que en los requisitos y criterios de evaluación “es notorio que cada comité de evaluación ha emitido sus propios requisitos, y esto plantea un problema ante el hecho de que se tendrán listas con candidaturas evaluadas a quienes se les habrá pedido requisitos diferenciados”.

En tanto, el magistrado Reyes Rodríguez consideró que la insaculación y el listado de cargos se realizaron de forma contraria a lo establecido en la Constitución, pues no consideró tres aspectos: las vacancias en cada distrito judicial, la materia de especialización, la paridad de género.

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jf

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