La presidenta alista un decreto presidencial para declarar el de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) como Monumento Artístico.

En un anteproyecto enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), se indica que la Universidad Nacional y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), respaldan esta declaratoria, la cual también busca fomentar su conocimiento y protección.

Se detalla que, de aprobarse, el Espacio Escultórico, ubicado en Ciudad Universitaria, se inscribirá en el Registro Público de Monumentos y se coordinarán acciones para cuidar su entorno.

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“La obra Espacio Escultórico es significativa del contexto medioambiental, urbano y cultural del Centro Cultural Universitario, extensión contemporánea del Campus Central de la UNAM en la Reserva Ecológica del Pedregal de San Ángel, como referente obligado del paisaje y del ecosistema del sur de Ciudad de México, formando un conjunto con el Estadio Universitario y el basamento prehispánico de Cuicuilco;

“La obra escultórica monumental conocida como Espacio Escultórico reviste valor estético relevante en términos del artículo 33 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, atendiendo a las características de representatividad, inserción en determinada corriente estilística, grado de innovación, materiales y técnicas utilizados y otras análogas, así como de significación en el contexto urbano”.

Se indica que tras esta publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se deberá obtener la autorización del para realizar obras para la conservación y restauración del monumento artístico, así como el permiso para realizar obras de excavación, cimentación, demolición o construcción en el entorno del monumento artístico con la finalidad de garantizar la preservación de sus valores materiales y vinculados al territorio y al paisaje natural y cultural en el que se ubica.

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Obras sin permiso podrán ser demolidas

El anteproyecto advierte que las obras que se ejecuten sin la autorización o permiso correspondiente o que violen los ya otorgados, serán suspendidas por disposición del INBAL y, en su caso, “se procederá a su demolición por el interesado o por dicho Instituto, así como a su restauración, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento”.

“El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, se encuentra facultado para presentar ante la autoridad correspondiente las denuncias por daños o destrucción respecto al monumento artístico”.

Se indica que para contribuir a la mejor preservación del monumento artístico materia de este decreto y su entorno, la UNAM, con el apoyo de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), propondrán al Gobierno de la Ciudad de México, con la participación que corresponda a la Alcaldía Coyoacán, la celebración de un acuerdo de coordinación, en el marco de la Ley de Planeación, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y de las leyes locales, con el objeto de establecer las bases conforme a las cuales conjuntamente llevarán a cabo acciones tendientes a la regulación del uso de suelo.

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“El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura deberá participar en las acciones que se establezcan en el referido instrumento de coordinación, de acuerdo con su competencia y funciones”.

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kicp

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