La Mesa Directiva del Senado turnó a las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos del Senado la iniciativa de reformas de la presidenta Claudia Sheinbaum que busca frenar la ola de desapariciones en el país y los casos de exterminio que se han detectado en algunos estados.
Durante la sesión ordinaria se turnó a comisiones la reforma a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que se propone precisar definiciones como las de autoridades, Plataforma Única de Identidad, Base Nacional de Carpetas de Investigación, Registro Administrativo y Ficha de Búsqueda.
Se establece la Clave Única de Registro de Población (CURP) como elemento base de identificación de las personas.
Se incorpora la Plataforma Única de Identidad, como herramienta que facilitará la búsqueda y localización de personas desaparecidas, conectada a otras bases de datos, como el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, el Banco Nacional de Datos Forenses y registros administrativos para realizar búsquedas continuas, optimizando los recursos disponibles en la búsqueda de personas, mediante la CURP.
Las instituciones públicas o privadas que generen o tengan acceso a imágenes y mediciones generadas por satélites, aeronaves no tripuladas o mediante otras tecnologías, deberán permitir su consulta.
Se implementará la Ficha de Búsqueda, que deberá generarse en formato físico y digital, contendrá los datos esenciales de la persona reportada como desaparecida o no localizada con el propósito de eficientizar su búsqueda.
Ampliar el espectro de sanciones, se obliga a aquellos particulares que por la naturaleza de sus actividades económicas, generen o posean bases de datos, registros o información que, por disposición de la Ley, se encuentran obligadas a permitir su acceso, proporcionar su contenido, así como a actualizar de manera periódica.
Respecto a la Ley General de Población se propone establecer la Clave Única de Registro de Población como fuente única de identidad de las personas, de nacionalidad mexicana, o extranjera que se encuentre en condición de estancia regular en el país.
La CURP contendrá nombres y apellidos; fecha de nacimiento; sexo o género; lugar de nacimiento; nacionalidad; huellas dactilares y fotografía. Será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, se encontrará en formato físico y digital.
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