Con 101 votos a favor, el Pleno del aprobó un dictamen por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa por los 200 años de relaciones diplomáticas entre y Francia.

De acuerdo con el documento, la moneda tendrá un valor nominal de , forma dodecagonal y un diámetro de 30 milímetros, su composición será bimetálica y estará constituida por dos aleaciones: una para su parte central y otra para su anillo perimétrico; con 65% de cobre, 10% de níquel y 25% de zinc.

Además, explica que el anverso se acuñará el Escudo Nacional y la leyenda “ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”, formando el semicírculo superior.

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Agrega que el reverso será el que apruebe el Banco de México y el diseño deberá estar relacionado con los 200 años de relaciones diplomáticas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Francesa, así como también incluirá la denominación “$20”, los elementos de seguridad y la marca de ceca de la Casa de Moneda de México “Mo”, así como la leyenda “1826-2026”.

Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Miguel Ángel Yunes Márquez, indicó que la creación de esta moneda se sustenta en la relación bilateral que hoy es clave para nuestro país, dado que, en un entorno de reconfiguración política, México y Francia han acreditado civilidad política y fraternidad entre naciones.

“Esta emisión es un acto de Estado, que convierte la memoria en hermandad. Dos siglos se encuentran en este símbolo, de los puentes tendidos en la década de 1820 al reconocimiento de 1830 y el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación, que fijó las reglas, entre iguales, de intercambio, proyección y soberanía”, dijo.

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En votación económica se aprobó una reserva del senador de Morena Alejandro Murat Hinojosa, sobre las características de la moneda conmemorativa, como un diámetro de 30 milímetros y peso de 5 gramos 51 centigramos.

Asimismo, con respecto a la modificación del segundo transitorio, para que “en un plazo no mayor a 90 días naturales posteriores a la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, el Banco de México determinará el diseño del motivo que se contendrá en el reverso de la moneda conmemorativa”.

Y el tercero transitorio para que “la moneda a que se refiere el presente Decreto podrá empezar a acuñarse a los 30 días naturales posteriores a la fecha de aprobación del diseño señalado en el artículo Segundo Transitorio”.

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