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El Senado de la República dará prioridad al paquete de reformas que recibió de la presidenta Claudia Sheinbaum para fortalecer la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, por lo que se prevé que esta misma semana sea discutido y votado.
Se trata de modificaciones a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y a la Ley General de Población, en materia de fortalecimiento de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.
Con esta reforma se fortalece la prevención y la atención a personas desaparecidas, además de que se ayuda en general a fortalecer la seguridad y la paz del país.
Respecto a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas se realizarán las siguientes modificaciones:
- Las autoridades serán los sujetos obligados a investigar, coadyuvar y proporcionar información de todos los casos de desaparición forzada.
- Se creará la Plataforma Única de Identidad como herramienta primordial de consulta y validación de las Claves Únicas de Registro de Población (CURP).
- Se constituirá la Base Nacional de Carpetas de Investigación que contendrá los datos de todas y cada una de las carpetas de investigación abiertas en todo el país, con información actualizada por las fiscalías para la coordinación entre las autoridades de manera efectiva.
- Habrá un registro administrativo, que será la base de datos donde las autoridades integrarán los datos biométricos e identificativos de las personas de acuerdo con los trámites que estos proporcionen.La
- Ficha de Búsqueda será el reporte oficial emitido por la autoridad correspondiente al momento que se le haya hecho del conocimiento la desaparición o no localización de una persona. Contendrá los datos generales para su identificación, investigación y localización.
En el caso de la Ley General de Población la reforma propone que se incorpore la CURP (Clave Única de Registro de Población) como mecanismo de identidad oficial, con fotografía y huellas dactilares de las personas de nacionalidad mexicana o extranjera que se encuentren en condición de estancia regular en el país. La CURP estará disponible en formato físico y digital.
Para ello, se establece que la Secretaría de Gobernación realice las acciones para integrar los datos biométricos en estricto apego a la Ley Federal de Protección de Datos Personales, mientras que en el caso de niñas, niños y adolescentes se establecerá el Programa de Integración al Registro Nacional de Población (Renapo) en coordinación con las autoridades de los tres niveles de gobierno.
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