La reciente reforma constitucional impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y avalada por la mayoría de Morena en el Congreso de la Unión para prohibir la venta de cigarros electrónicos, vapeadeores y demás dispositivos electrónicos análogos como el tabaco calentado y los IQOS de Phillips Morris, es letra muerta, pues siguen a la venta en tiendas de la Ciudad de México.
A tres meses de haber sido aprobada, ni en el Senado ni en la Cámara de Diputados han empezado a diseñar las leyes secundarias para establecer las sanciones a los fabricantes y distribuidores de vapeadores, ya que los cambios constitucionales no contemplan ningún tipo de sanción o multa administrativa, económica o penal a quien expenda estos dispositivos.
Cabe recordar que el pasado 18 de enero entró en vigor la reforma constitucional que prohíbe la producción, distribución, comercialización de cigarros electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos como el tabaco calentado y dispositivos de la marca IQOS.
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Sin embargo, de acuerdo con organizaciones que se oponen al vapeo en México por los daños a la salud, la venta de estos dispositivos se realiza sin ningún tipo de restricción en la Ciudad de México, sobre todo en cadenas de tiendas de conveniencia, cafeterías y puestos ambulantes o callejeros.
Exponen que mientras que diversos proveedores acataron la disposición constitucional y retiraron los dispositivos de los anaqueles, Philipps Morris mantiene la venta de sus dispositivos electrónicos para calentar el tabaco incluso en anaqueles especiales en tiendas de conveniencia y en una cadena de cafeterías.
En un documento entregado por el colectivo No al Vapeo en México a legisladores, se indica que el 14 de diciembre de 2024 el pleno del Senado de la República aprobó la reforma para prohibir actividades relacionadas con los cigarros electrónicos, vapeadeores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos, luego de que la Cámara de Diputados la avalara.
“No obstante, han pasado casi dos meses y medio de la entrada en vigor de la reforma constitucional, pero la venta de dispositivos de la marca IQOS continúa sin restricción alguna, sobre todo en comercios de la Ciudad de México. Incluso, en pleno Centro Histórico”, argumentan.

“En tiendas de conveniencia es posible apreciar la exhibición de los dispositivos de dicha marca, a un costado de los anaqueles de cigarros de tabaco tradicional. En esos puntos de venta [localizados en alcaldías como Cuauhtémoc y Venustiano Carranza], los precios de los dispositivos van desde los 599 pesos”, se destaca en el documento acompañado de fotografías y videos sobre la venta de estos productos.
Recuerdan que esta reforma fue impulsada el 5 de febrero de 2024 y festejada en su momento por el presidente López Obrador, quien se convirtió en un acérrimo enemigo del vapeo en México e incluso lo comparó con el consumo de fentanilo.
La que fue una de las últimas reformas de López Obrador recibió el respaldo de 22 congresos estatales que avalaron la reforma; la Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió el 9 de enero del presente año la declaratoria de reforma constitucional de la iniciativa y la turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo que ocurrió el 17 de enero.
Con ello terminó un largo capítulo de litigios en tribunales entre las autoridades contra usuarios y comerciantes de los dispositivos, que comenzó el 19 de febrero de 2020 con la publicación del primer decreto presidencial en contra de dichos dispositivos electrónicos, asunto que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual, en octubre de 2021, declaró inconstitucional prohibir la comercialización de los vaporizadores.

El 17 de enero pasado, el Diario Oficial de la Federación, en su edición matutina, publicó el decreto por el que se adicionan un párrafo al artículo cuarto y un párrafo segundo al artículo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de protección a la salud.
De esta manera, el párrafo que se agregó al artículo cuarto menciona: “Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarros electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas”.
En tanto, el párrafo segundo que se adicionó al artículo quinto establece: “Queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el párrafo quinto del artículo 4o. anterior”.
Sin embargo, hasta este momento, es decir, tres meses después de aprobada la reforma constitucional, ni las comisiones de Salud del Senado ni de la Cámara de Diputados han iniciado los trabajos de redacción de las leyes secundarias ni tampoco la actual Presidencia de la República ha visto como prioritario este tema, en medio de las presiones de Estados Unidos por los aranceles y por el tráfico de fentanilo.
De acuerdo con el informe, encargados de las tiendas confirman que hasta enero todavía vendían una amplia variedad de dispositivos, pero una vez que entró en vigor la disposición constitucional los representantes de las diversas marcas retiraron de inmediato sus productos, menos los de la marca IQOS.
En sucursales de una cadena de cafeterías ubicadas en el Centro Histórico existe una amplia variedad de IQOS que pueden alcanzar precios de hasta mil 899 pesos. Incluso, hay stands especiales de la marca en los que promotores explican el mecanismo y sabores de los dispositivos de la empresa de Phillip Morris.
Por otra parte, senadores de oposición, especialistas y organizaciones han señalado que la reforma constitucional impulsada por el entonces presidente López Obrador sólo fomentará el mercado negro de vapeadores en México y el control del mismo por parte de organizaciones y cárteles de la droga.
Claudia Edith Anaya Mota, senadora del PRI, criticó esta reforma constitucional, ya que genera una “sobrelegislación” adicional a las normas que ya existen.
Advirtió que prohibir los vapeadores hará que los consumidores consigan ese producto en el mercado negro y que posiblemente éste sea de mala calidad.
“La aprobación de estas reformas en materia de protección a la salud que prohíbe la producción, venta y uso ilegal del fentalino y de los vapeadores fomentará el crecimiento del mercado negro”, denunció México y el Mundo Vapeando.
Dicha organización, que defiende el vapeo como medida para disminuir el tabaquismo en México, expone que la prohibición en lugar de proteger pone en riesgo a los consumidores y facilitará el acceso en el mercado negro a menores de edad.
“Jurídicamente, esto es una locura y podría ser el inicio de convertir la Carta Magna en un catálogo sin fin de prohibiciones particulares, cuando lo cierto es que la Constitución no es para ello; es un texto dogmático que sirve para definir los principios y valores que rigen una sociedad. Ahora habrá que esperar cuál otro producto se les ocurre prohibir desde la Constitución... tal vez los buñuelos, por el exceso de azúcar”, afirmó Juan José Cirión Lee, presidente de la asociación.