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La presidenta Claudia Sheinbaum envió al Senado un proyecto de decreto para crear la Comisión Nacional Antimonopolio, así como se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica y de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
La iniciativa extingue a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), un órgano autónomo ajeno al Estado y crea a la Comisión Nacional Antimonopolio como un organismo público descentralizado, sectorizado a la Secretaría de Economía.
La Comisión Nacional Antimonopolio determinará la existencia de Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Se elimina toda referencia a la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), para crear un organismo colegiado que sesionará en pleno, que tendrá una comisión de investigación; contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía.
Un Agente Económico Preponderante se determina si su participación nacional en la prestación de los servicios de Radiodifusión o Telecomunicaciones es mayor a 50%, “medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas”.
Asimismo, los datos del número de usuarios, audiencia, tráfico en redes, entre otros, los proporcionará la polémica Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
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En los argumentos se explica que busca recuperar la rectoría de la actividad económica y, por fin, crea una autoridad verdaderamente antimonopolio, en beneficio de las familias mexicanas, al tiempo que permite cumplir con las obligaciones internacionales contraídas por el Estado mexicano.
La persona comisionada presidente de la Comisión Nacional Antimonopolio será nombrada por el titular del Ejecutivo Federal por un periodo de tres años, prorrogable por una sola ocasión y ratificada por el Senado de la República.
Las prácticas monopólicas o de concentración ilícita serán sancionadas con multa hasta por el equivalente a 200 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, 22 millones 628 mil pesos, cuando se declare falsamente o se entregue información falsa a la Comisión.
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Multa hasta por el equivalente al 20 por ciento de los ingresos del agente económico por haber incurrido en una práctica monopólica absoluta.
El decreto de 272 páginas, establece que el Estado mexicano debe estar facultado para enfrentar dedicadamente los abusos del poder económico de las corporaciones, a través de una política antimonopolio.
“Al combatir los monopolios con toda la fuerza del Estado, se genera una economía con competencia, donde las empresas deben ofrecer mejores precios y calidad a los consumidores mexicanos, lo cual permite que las familias mexicanas puedan adquirir más y mejores productos, sin que los intereses o abusos de grandes grupos de poder puedan afectar a la economía nacional”, se cita en la exposición de motivos.
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