La magistrada presidenta del Tribunal Electoral, Mónica Soto, afirmó que no se ha violentado la Constitución con la decisión de enviar a los aspirantes inscritos al Comité del Poder Judicial a insaculación, sino que esto ha permitido avanzar con la elección judicial.

En conferencia de prensa —junto a los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes—, señaló que la Suprema Corte también determinó no atraer la calificación de las candidaturas, aunque pudo haberlo hecho, por lo que se continuará el proceso como determinó el Tribunal Electoral.

“Sí es importante reiterar, el tribunal no ha violentado la Constitución, el tribunal no está sesgando al juzgar, el tribunal está aplicando literalmente, como lo instruye la propia Constitución, lo mandatado en ella misma”, afirmó.

Subrayó que han rechazado la intromisión de jueces de Distrito, los cuales no tienen competencia ni jurisdicción en materia electoral, motivo por el que también interpusieron una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR).

“La reforma judicial ya fue, no la detuvo la Suprema Corte de Justicia de la Nación, incluso una controversia constitucional se emitió, que es la excepción establecida en el artículo 105 de la Constitución, en donde la Suprema Corte puede pronunciarse y definió que el amparo no procedía en lo electoral y que era un tema absolutamente electoral”, expuso.

Recordó que el comité evaluador del Poder Judicial no reanudó los trabajos de selección, se ordenó al Senado realizar el sorteo de las candidaturas, aunque aclaró que no se van a evaluar estos perfiles.

“Consideramos que era la respuesta que más le favorecía a las personas que habían confiado en inscribirse por parte del Poder Judicial”, sostuvo.

En tanto, el magistrado Felipe de la Mata aseguró que el TEPJF sólo ha restablecido el Estado de derecho para permitir la continuidad del proceso electoral, quitando las “piedritas en el camino”.

“No hay amparo electoral, eso lo sabe cualquier estudiante de derecho. No entendemos y es más que evidente por qué a los jueces de amparo les ha encantado ahora meterse a los temas electorales”, apuntó.

“Porque los jueces de amparo actuaron más allá de su competencia y cuando una autoridad actúa más allá de su competencia es nulo de pleno derecho. Eso también es algo conocido, porque violaron con ello, además, el interés público, porque el cumplimiento constitucional es de interés públicos, sobra decirlo, y todas las reglas de esta elección con Constitución y resultan obligatorias”, explicó.

No se entorpece la elección, creo que está pasando lo contrario. Estamos quitando las piedritas en el camino.

El magistrado Felipe Fuentes explicó que la determinación de dejar al Senado la insaculación de las candidaturas es porque la ley establece que lo contemplado en la reforma debe resolverlo el órgano legislativo.

“La propia Constitución y la Ley de Amparo prohíben toda intervención de los jueces de amparo para que puedan paralizar actos en materia electoral. Primero. Es improcedente el amparo en materia electoral y, segundo, no procede la suspensión porque es de orden público y de interés social cualquier proceso electoral”, dijo.

Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.
Google News

TEMAS RELACIONADOS

Comentarios

Noticias según tus intereses