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El coordinador de Morena en el Senado de la República, Ricardo Monreal Ávila, presentará una iniciativa para expedir la Ley Nacional de Extinción de Dominio con el propósito de eliminar obstáculos de procedimiento y desapoderar a organizaciones o individuos de recursos patrimoniales que utilizan para cometer delitos.
Con dicho instrumento, aseguró que se va a regular la extinción de dominio de bienes a favor del Estado, el establecimiento de todos los procedimientos correspondientes y los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al procedimiento y lleven a cabo su disposición y uso sin dejar de atender el interés público.
“La ley no solamente busca revertir la crisis de inseguridad que aqueja al país, también plantea la reparación del daño a todas las víctimas de los delitos a los que aplica esta figura”, expresó en un comunicado.
Monreal Ávila detalló que la Ley Nacional de Extinción de Dominio consta de 78 artículos divididos en cinco títulos y un apartado de artículos transitorios.
El también presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) asentó que por medio de la expedición de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, además de reglamentar la disposición constitucional, se homologará el actuar de las autoridades competentes y, a través del ejercicio de su derecho de audiencia, se definirán las reglas necesarias para la protección de las personas que pudieran ver afectado su patrimonio.
“Con base en el replanteamiento constitucional en materia de extinción de dominio, la iniciativa establece disposiciones de observancia general y de orden público en toda la República mexicana y para todos los órdenes de gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias, la cual quedará definida según se trate de la jurisdicción que tenga que conocer de las investigaciones de las conductas delictivas detalladas por el artículo 22 de la Constitución”, precisó.
La presentación de la iniciativa se da luego de que el Congreso de la Unión emitiera la declaratoria de reforma constitucional por el que se modificaron el artículo 22 y la fracción XXX del artículo 73 de la Constitución, en materia de extinción de dominio, el pasado jueves 7 de marzo.
De acuerdo con los artículos transitorios del decreto, se establece un plazo de 180 días posteriores de su publicación en el Diario Oficial de la Federación para que el Congreso expida la legislación nacional única en materia de extinción de dominio.
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