Señor Director:

Agradezco al periodista Héctor de Mauleón la réplica que me da en este espacio, respecto de la nota periodística intitulada “El México que viene”, donde se retomó una nota antigua de septiembre de 2023 en la “mañanera”, donde el entonces subsecretario de seguridad pública federal afirmó que mis resoluciones beneficiaban personas imputadas, porque de 23 resoluciones que dicté, emití 13 autos de no vinculación a proceso, 6 sentencias absolutorias y 4 libertades.

A lo largo de mi función como jueza de control y también como tribunal de enjuiciamiento, emití más de seis mil resoluciones, por lo que no es extraño ni ilegal que haya dictado los 13 autos de no vinculación a proceso, las 6 sentencias absolutorias y las 4 libertades que se dicen en esa nota periodística. No podemos pasar desapercibido que una persona juzgadora debe respetar la presunción de inocencia y valorar datos de prueba en audiencias preliminares, de tal manera que si se advierte ilegalidad en las detenciones o inexactitud en la teoría del caso de las fiscalías, lo correcto es resolver en ese sentido, y tratándose de sentencias definitivas solo se puede dictar sentencia condenatoria más allá de toda duda razonable.

En cuanto al juicio de desaparición forzada que se mencionó en esa mañanera, es inexacto que la teoría del caso de la fiscalía hubiera apuntado al robo de una casa habitación, no se mencionó durante el proceso el móvil de la desaparición de la víctima, pero más allá de eso, no es verdad que la que escribe hubiera desechado ninguna prueba durante el juicio, más bien, la fiscalía pretendía que se desahogaran testimonios que no habían sido ofrecidos en el auto de apertura a juicio, y otras tantas 2 pruebas que no se desahogaron por falta de diligencia y legalidad en la actuación de la parte oferente, como la inexacta identidad de los discos de escuchas que se pretendían reproducir, lo que me llevó a denunciar esa actuación negligente al superior jerárquico de las personas fiscales, mediante oficio número 9005/2023, de 10 de noviembre del mismo año, con la consecuencia de haber recibido amenazas a mi familia por parte de la propia fiscalía.

Con la aclaración de que quien dictó sentencia fue una persona juzgadora distinta, lo que implica que mis determinaciones no impactaron en el juicio pues cuando un juicio se reinicia ante un diverso tribunal, lo actuado es nulo; por lo que es falso que mi intervención en ese juicio beneficiara a absolutamente nadie.

El impedimento para seguir conociendo del caso, por amenazas a mi persona y a mi familia, provenientes de la fiscalía, fue confirmado por el Tribunal Colegiado de Apelación en Aguascalientes, el 22 de noviembre de 2023, en el expediente número 10/2023-A, es decir, que consideró válida la causa de mi separación para continuar conociendo del juicio.

Por lo que ve a los juicios de tráfico de migrantes, en los que dicté sentencia absolutoria, nuevamente traigo a colación la obligatoriedad para los tribunales de enjuiciamiento de dictar sentencias de condena más allá de toda duda razonable, de tal manera que cuando las pruebas son insuficientes para demostrar, ya sea la existencia del delito o la participación de las personas implicadas, las sentencias no pueden ser de condena sino absolutorias. Es parte de la función y de la obligación que tenemos las personas juzgadoras, de resolver apegadas a la legalidad, pero también libres de cualquier presión externa, esto por mucho que nuestras resoluciones no gusten o incomoden, a eso se le llama independencia judicial.

Las resoluciones judiciales no se emiten para agradar al Estado, tampoco a la sociedad ni al periodismo, se emiten dentro del marco de derecho nacional e internacional y siempre con una visión de derechos humanos, no con una visión acusadora porque para eso está la fiscalía, no las personas juzgadoras.

La antigua nota de la “mañanera” tiende a desprestigiarme como juzgadora, lo cual afecta la intención de voto en mi perjuicio, pues demerita que soy una mujer juzgadora con méritos propios para alcanzar el cargo que ostentó (exámenes de oposición y carrera judicial de 27 años), también invisibiliza que no tengo ninguna queja fundada en mi contra, que mi expediente personal no tiene macula, pero por otra parte me llena de orgullo que se sepa que no formo parte del oficialismo y que no me apoya ninguna estructura política ni gubernamental, porque ello garantiza a la ciudadanía que soy una juzgadora que no se quiebra, que no se vende y que no recibe línea.

Atentamente:

Beatriz Eugenia Álvarez Rodríguez

Magistrada de circuito con 27 años de carrera judicial, 9 años como juzgadora, ratificada por el Consejo de la Judicatura Federal. Doctora en Derechos Humanos por la Universidad Autónoma de Guanajuato y doctora en Ciencias Sociales y Humanidades por la Universidad Autónoma de Aguascalientes; 4 maestrías realizadas en las universidades Autónoma de Aguascalientes, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, y en las universidades internacionales de Génova, Italia y Alicante, España. Autora del libro “Justicia con perspectiva de género para mujeres criminalizadas” editado en 2023 por la Escuela Federal de Formación Judicial.

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