Las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz y Lenia Batres Guadarrama manifestaron de manera enérgica su rechazo a la suspensión de labores aprobada hoy en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al considerar que la figura del paro de labores no está prevista a nivel constitucional ni legal para los titulares de la Corte, mediante un acuerdo de los ministros.
A través de un pronunciamiento conjunto, las juzgadoras aseguraron que los titulares del máximo órgano de impartición de justicia del país, como los ministros de la Corte, "no podemos suspender la prestación del servicio público que nos ha encomendado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".
Argumentaron que el artículo 110, fracción X, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, es terminante en señalar que incurre en responsabilidad la persona servidora pública que deje “de desempeñar las funciones o labores que tenga a su cargo”.
"Por el contrario, el personal de confianza no puede ni siquiera acudir a huelga, de conformidad con múltiples criterios sostenidos por la propia SCJN, como la jurisprudencia 118/2016, de la Segunda Sala", indicaron.
Además, expusieron que el artículo 109, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que procede la imposición —mediante juicio político— de la destitución del cargo e inhabilitación para desempeñar cualquier otra función en el servicio público, a los ministros (entre otros servidores públicos) que, en el ejercicio de sus funciones, “…incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho”.
"Además, el Código Penal Federal establece como delitos por hechos de corrupción la omisión de proporcionar el servicio público que nos corresponde (artículo 215), o recibir el pago indebido de remuneraciones sin tener derecho a ello (artículo 217 ter), por lo que, en todo caso, quienes votaron por el paro, debieron haber determinado dejar de percibir las remuneraciones que tienen como ministras o ministros".
Esquivel, Ortiz y Batres señalaron que, durante la sesión privada del pleno, propusieron continuar sesionando a distancia, dado que la Corte cuenta con una lista de 28 proyectos distribuidos y más de 200 asuntos en lista en las salas.
Por lo que, subrayaron, "es un derecho fundamental de todas las personas la impartición de justicia en los plazos y términos que fijan las leyes y, por lo tanto, los órganos de justicia tienen la obligación de emitir sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial".
Recordaron que la SCJN es la cabeza del Poder Judicial de la Federación y el máximo tribunal de nuestro país, y los servidores públicos que la integran tienen la encomienda y obligación de impartir y garantizar el acceso a la justicia de todo el pueblo mexicano.
"Las suscritas nos manifestamos de manera enérgica en contra de la suspensión de labores. Es nuestra responsabilidad constitucional ejercer el cargo de ministras y prestar el servicio público de impartición de justicia".
En la sesión privada de este martes, el pleno de la Suprema Corte acordó, por ocho votos contra tres, suspender sus funciones, para sumarse al paro acordado por el Colegio de Secretarios y Secretarias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, A.C., y el Colegio de Jóvenes Estudiantes de Derecho y Nuevos Profesionistas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, A.C.
Lee también "No hay prisa": Asociación Internacional de Abogados alerta por la rapidez de la reforma judicial en México
Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.
bmc