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La reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), aprobada en marzo del 2021 e impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, fue declarada inconstitucional este miércoles por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Por tres votos a dos, la Segunda Sala concedió el amparo a Fuerza y Energía de Norte Durango S.A de C.V, La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Fuerza y Energía de Hermosillo, entre otras, para que no les sea aplicada dicha reforma aprobada durante la actual administración.
Tras esta decisión, la ministra Lenia Batres señaló un “albazo” en la Segunda Sala de la SCJN para declarar inconstitucionales disposiciones a la LIE.
“En el marco de los amparos AR 164/2023 y AR 106/2023, se dio albazo en la Segunda Sala de la SCJN, para declarar inconstitucionales disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica. Entre ellas, algunas ya discutidas y declaradas constitucionales por el Pleno de la Corte”, escribió en sus redes sociales.
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“No se dio trámite a la recusación interpuesta por la Secretaría de Energía, violando el artículo 60 de la Ley de Amparo”, señaló.
Acusó que la votación en la Sala resultó en un empate 2 a 2, que el Presidente (Alberto Pérez Dayán) resolvió “indebidamente” con un voto de calidad, en contravención con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
“En la sesión pública, fuera del formato acostumbrado y con el fin de transparentar el debate, di lectura a mi voto particular sobre el tema.
“Contra lo que de mala fe se difunde en la prensa, debe aclararse que el amparo en revisión sobre la LIE no sentó un precedente obligatorio”, señaló.
“El fast track de hoy no es un buen precedente para la discusión que, conforme a derecho, debería dar la Corte sobre los temas de relevancia nacional”, mencionó.
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