El exgobernador de Puebla, Mario Marín Torres, se quejó ante un Tribunal Colegiado porque un juez de amparo le negó una suspensión de plano para salir de su domicilio a recibir atención médica especializada.
Días después de que se le concedió llevar su proceso penal en prisión domiciliaria, el poblano solicitó la protección de la justicia federal contra la negativa de las autoridades para que se le permita salir de su casa, con el propósito de realizarse exámenes de resonancia magnética y neurología, para definir el tratamiento que necesita y se le proporcionen medicamentos e insumos básicos para su padecimiento, en un hospital público o incluso en un privado de tercer nivel, a su costo o de sus familiares.
Sin embargo, Alfonso Alexander López Moreno, juez Quinto de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, determinó que no podía concederle de oficio y de plano la suspensión, toda vez que los actos que reclama, en este momento, “no se consideran que se traten de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
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Inconforme con la decisión, Marín Torres tramitó una queja, misma que fue turnada al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, a fin de que esté en aptitud de resolver el medio de impugnación.
En acatamiento a una sentencia de amparo, la juez Segundo de Distrito en el Estado de Quintana Roo, Angélica del Carmen Ortuño Suárez, retiró la prisión justificada al exgobernador de Puebla y le permitió llevar su proceso penal por tortura contra la periodista Lydia Cacho, en arraigo domiciliario.
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