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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá qué clase de tribunal deberá conocer de los recursos de revisión derivados de los amparos tramitados desde 2017 en contra del gasolinazo que surgió luego de la entrada en vigor de la reforma energética.
El próximo miércoles, la Segunda Sala de la Corte analizará un conflicto competencial enviado por el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
En su resolución, la Corte precisará si la materia de la revisión es administrativa o si deberá ser un Tribunal Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con jurisdicción en toda la República Mexicana, quien deba resolver los recursos de revisión.
Estos recursos de revisión han derivado de los amparos colectivos e individuales que tramitaron diversos ciudadanos las primeras semanas de 2017 en contra del gasolinazo, que provocó protestas, saqueos y caos en todo el país.
El proyecto de resolución será presentado por el ministro Javier Laynez Potisek, quien aún no ha dado a conocer el sentido de la propuesta.
EL UNIVERSAL informó que algunos de estos amparos fueron presentados directamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero desde entonces los ministros se declararon incompetentes para conocer de estos asuntos e indicó que le corresponde a los juzgados de Distrito en Materia Administrativa.
En los amparos, la Secretaría de Economía fue señalada como autoridad responsable por omitir su obligación de fijar los precios de la gasolina.El Consejo de la Judicatura Federal ordenó la concentración de todos los amparos en dos juzgados auxiliares.
Se trata de los juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con sede en la Ciudad de México, quienes al admitir los asuntos negaron la suspensión provisional a los quejosos que en su momento solicitaron que se les aplicara la tarifa de gasolina vigente desde diciembre de 2016. Ello, debido a que consideraron que conceder la medida solicitada por los quejosos afectaría el interés social y el orden público, porque podía generar distorsión en los precios de hidrocarburos que afectarían a todos los consumidores.
Hasta abril de 2017 el CJF había contabilizado mil 400 demandas de amparo en cada juzgado contra el gasolinazo en toda la República.
El aumento en el precio de la gasolina ocurrió desde el 1 de enero de 2017, luego de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estableció precios regionales máximos de combustible hasta en tanto se liberaba el precio en cada una de las 90 zonas en las que se dividió al país, lo que debía hacer la Secretaría de Economía.
Por ello, diversos gobiernos estatales y municipales tramitaron controversias constitucionales, pues en estados de la zona centro la gasolina era mucho más elevada que en la frontera norte y alegaron que no había justificación alguna para que la SHCP fijara esa diferenciación de precios.
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