Luego de que la Fiscalía General de la República (iniciara una carpeta de investigación en su contra por frenar la reforma judicial,, juez Primero de Distrito en Michoacán, pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que otorgue certeza jurídica y las garantías necesarias para que los jueces federales puedan ejercer, con independencia, su función judicial, sin ser sujetos a coacciones o represalias externas.

Tales, expuso, como las contenidas en la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación , que ordenó dar vista a la FGR y al Consejo de la Judicatura Federal, para los efectos de responsabilidad administrativa y penal a que haya lugar, luego de que suspendió la .

Asimismo, en el acuerdo publicado este martes, el juzgador solicitó al Alto Tribunal que declare al Juzgado que representa, como constitucional y legalmente competente para tomar las medidas que establece la ley, para hacer cumplir las resoluciones suspensionales decretadas en este incidente, sin que un posible conflicto de competencia con diverso órgano del Poder Judicial de la Federación, pueda acarrear responsabilidad administrativa o penal.

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A la solicitud de copias certificadas del juicio de amparo contra la reforma judicial, que le hizo la FGR, Santamaría Chamú respondió que está impedido para cumplir con la solicitud.

"Al respecto, dígase a la autoridad oficiante que este órgano de control constitucional se encuentra impedido materialmente para atender su petición, virtud a que el pasado veinticuatro se enero, se remitió el juicio de amparo en comento [constante en dos tomos], a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa del Tercer Circuito, en cumplimiento al oficio SECNO/2/2025 signado electrónicamente por el Magistrado Manuel Camargo Serrano, Secretario Ejecutivo de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal; en tanto, el original del incidente de suspensión [constante en tres tomos], se remitió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en atención al requerimiento formulado por la Ministra Presidenta del Máximo Tribunal del País, dentro del expediente 1/2025, relativo a la solicitud de ejercicio de la facultad prevista en el artículo 11 fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación abrogada aplicable en términos de lo señalado en el artículo tercero transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente, presentada por el Presidente del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación".

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kicp/apr

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