El instruyó a dar información para sobre el pago de una pensión “post mortem” de un extrabajador que no ha sido recibido desde junio de 2014.

Un ciudadano solicitó a Petróleos Mexicanos (Pemex) el acceso a datos personales para conocer por qué motivo no se ha realizado el pago de una pensión post mortem de un familiar fallecido.

Pemex informó a la solicitante que su solicitud había sido enviada a la Subdirección de Capital Humano y que tenía que acudir a la oficina de Agua Dulce, Veracruz, para que le entregaran la información.

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La persona presentó un recurso de revisión ante el INAI al considerar que fue obstaculizado el ejercicio de sus derechos. Señaló que no podía acudir al municipio veracruzano, ya que radica y estudia en la Ciudad de México.

La ponencia de la comisionada Norma Julieta del Río determinó que Pemex no atendió los parámetros legales que establecen que los procedimientos deberán ser sencillos y que los medios habilitados por el responsable para atender las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCOP (Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición y Portabilidad) deberán ser de fácil acceso.

“Este caso en particular pone en la opinión pública la importancia de que los ciudadanos, todos en este país, puedan tener acceso a su información a través de los datos personales para que sus familiares y, desde luego, sus beneficiarios tengan acceso a una pensión de manera periódica”, dijo.

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Así el pleno del INAI por unanimidad revocó la respuesta de Pemex y le ordenó realizar una nueva búsqueda exhaustiva en la totalidad de sus unidades administrativas competentes y entregar la información que le fue solicitada.

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uul/apr

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