El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (), aprobó por mayoría de votos, sancionar, por segunda ocasión, a la Federación Mexicana de Futbol (FMF) por presuntas violaciones de datos personales, en la implementación del Fan ID.

Lo anterior en una sesión privada que dividió a las comisionadas y al comisionado Presidente, y que terminó por definirse con el voto de calidad de Adrián Alcalá Méndez.

La sentencia del pleno, determinó que existen responsabilidades de FMF por presuntas violaciones a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, sin embargo, los montos de las multas serán determinados en una segunda etapa, a cargo del área de Sanción del propio .

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Durante la deliberación, se abordaron dos proyectos, para deliberar si la Femexfut y la empresa Incode son sujetos de multas por la implementación del Fan ID.

En el debate, que se prolongó por más de tres horas, la Comisionada Josefina Román y Adrián Alcalá, se pronunciaron a favor de llevar el caso de la FMF al área de sanción, al considerar que se violó la ley, por el tratamiento de datos biométricos sin haber solicitado la asesoría del INAI, ni haber tomado en cuenta la legislación vigente en la materia.

En tanto, las comisionadas Blanca Lilia Ibarra y , votaron en contra de los proyectos, bajo los argumentos de que el procedimiento iniciado contra la FMF e Incode se inició sin notificación previa al imputado, lo que representa faltas al debido proceso.

Detallaron que la ley exige que en cualquier procedimiento administrativo se respeten ciertos derechos básicos, como ser notificado sobre el inicio de la investigación, el derecho de presentar pruebas y argumentos, y el derecho a recibir una resolución clara y tener la posibilidad de impugnarla.

Puntualizaron que al no cumplirse estos requisitos, la FMF e INCODE quedaron en estado de indefensión, por lo que las sentencias podrían caerse en el futuro si el caso se judicializa.

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Además, advirtieron que sobre la necesidad de que primero se aclare la denuncia que interpuso la Federación contra exfuncionarios públicos del Inai por presuntas extorsiones derivadas del mismo caso.

Por lo anterior, tanto Ibarra Cadena, como del Río Venegas, pidieron la reposición del procedimiento.

Al momento de la votación hubo un empate, sin embargo, Adrián Alcalá ejerció su voto de calidad, por lo que se procedió a la sentencia contra la FMF a quien se le consideró “responsable por falta de consentimiento expreso y por escrito, información, responsabilidad y licitud”, en tanto que a la empresa Incode se le determinó “sin responsabilidad por su calidad de encargado”.

Actualmente, ya existe una resolución delcontra la Femexfut, emitida por el Pleno en diciembre de 2022. En ella se consideró que la FMF no recabó el consentimiento para tratar datos personales sensibles y de menores de edad, y aunado a que incumplió con los principios de la Ley, por lo que se le impuso una sanción de 23 millones 069 mil 707 pesos. El caso fue impugnado y la Federación obtuvo un amparo, por lo que sigue en litigio.

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