El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma que obligará a que el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y otras instituciones científicas que realicen trabajos para descubrir o explorar monumentos arqueológicos en territorios indígenas, deberán ser consultados con las autoridades de los pueblos y garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado.
La reforma al artículo reforma al artículo 30 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, señala “los trabajos a que hace referencia el párrafo anterior que se realicen en territorio indígena, serán notificados previamente a la autoridad del pueblo o comunidad de que se trate a fin de que, cuando así corresponda, se garantice el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado”.
En tribuna, la senadora del PAN, Xóchilt Álvarez, dijo que por décadas el INAH a realizado este tipo de exploraciones sin tomar en cuenta a los pueblos indígenas, incluso en zonas donde los habitantes realizan rituales tradicionales y que después son abiertos al público y en donde quedan desplazados los habitantes .
Ante ello, planteó, que a la par de esta reforma, se impulsen cambios legales para que parte de lo que cobra por el ingreso a sitios arqueológicos se entregue a los pueblos indígenas para la preservación del medio ambiente en esas zonas.
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La senadora, Estrella Rojas Loreto, impulsora de la reforma, indicó que esta reforma es coincidente con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas .
Por otra parte, el pleno del Senado aprobó un paquete de reformas a la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, ello con el fin de apoyar a la población con alguna discapacidad.
Destacan ampliar las facultades de la Secretaría de Educación Pública y de la Secretaría de Cultura para coadyuvar en el diseño, fomento y producción de libros y materiales didácticos en formatos adaptativos para personas con discapacidad.
Asimismo, contemplar a la persona titular del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas como integrante del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura; y, puntualizar que el Programa de Fomento para el Libro y la Lectura será expedido por la Secretaría de Cultura, en coordinación de la Secretaría de Educación Pública.
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