México ocupa el tercer lugar en maltrato animal y el primer lugar en Latinoamérica. Por ello, la diputada perredista Gabriela Sodi impulsa una iniciativa para establecer como facultad de las entidades federativas el rescate de animales de compañía víctimas de violencia que se encuentren dentro de la propiedad privada, independientemente de si se trata de un lugar deshabitado o no.
Sólo en la Ciudad de México, entre 2020 y 2022, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia ha contabilizado más de 17 mil 600 reportes por maltrato animal. De esa cifra, 87% está relacionado con perros.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el 70% de las mascotas viven en situación de calle y seis de cada 10 sufren algún tipo de maltrato.
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La propuesta de la legisladora estamos que corresponde a las entidades federativas el rescate de animales de compañía que son víctimas de maltrato, abandono, daño o tortura y que se encuentran dentro de predios, patios, pasillos, balcones, terrazas, azoteas, sótanos o cualquier otro lugar de naturaleza similar, independientemente si se trata de un lugar deshabitado o no.
En la exposición de motivos, señala que el objetivo es establecer dicha disposición para que en casos donde se constate de manera fehaciente que un animal de compañía está sufriendo maltrato o crueldad aun cuando se encuentre en un domicilio cerrado, se pueda acceder hasta ellos con el auxilio de la fuerza pública, para impedir o hacer cesar esa condición de crueldad o maltrato en su contra, y garantizar que se les trate con respeto y cuidado.
La diputada Sodi argumenta en su iniciativa que la primera Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado de 2021, del Inegi, revela que 69.8 por ciento de los hogares cuenta con algún tipo de mascota.
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Precisa que, en total, se tiene un acumulado de 80 millones de animales de compañía: 43.8 millones de ellos son caninas, 16.2 millones felinas y 20 millones una variedad miscelánea de otras mascotas pequeñas.
La legisladora indica que los animales, aun cuando tienen dueño, la propiedad o tenencia no genera un derecho absoluto, por lo que la crueldad animal implica desde la negligencia en cuidados básicos hasta el sufrimiento, humillación, dolor físico o psicológico y estos pueden ser ejercidos de manera dolosa o culposa.
Por ello, no sólo resulta indispensable el reconocimiento de su identidad como seres con sensibilidad y objeto de derechos y protección, sino establecer que dentro de las funciones de las autoridades de las entidades federativas esté el rescate de animales de compañía víctimas de maltrato.
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La propuesta, que reforma el primer párrafo y adiciona la fracción XXI al artículo 7 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, fue enviada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados por la Comisión Permanente.
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