El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el mecanismo para la revisión de candidaturas del Poder Judicial, a fin de detectar si alguna incumple con los requisitos legales por tener sentencias por violencia contra las mujeres, por deudores alimentarios o ser prófugos de la justicia.

Las consejerías subrayaron que era obligación de los comités de evaluación de los tres poderes hacer una valoración de la idoneidad de los aspirantes.

Con una votación de ocho a favor y tres en contra, las consejerías determinaron que presentarán un informe preliminar sobre los hallazgos derivados de las pruebas entregadas contra las candidaturas en la sesión siguiente a la jornada electoral del 1 de junio.

El 15 de junio, cuando el INE realice la sesión para la declaración de validez de los resultados, presentará los hallazgos finales, para determinar si alguna de las candidaturas ganadoras incumple con los requisitos establecidos en la ley.

A partir del 25 de abril se habilitará un micrositio para que la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil aporten las pruebas sobre los candidatos que puedan incumplir con estos supuestos.

El INE analizará que las candidaturas no estén en los supuestos previstos en el artículo 38 de la Constitución, también conocida como la 8 de 8 por: sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; el normal desarrollo sicosexual; por violencia familiar o equiparada; violencia doméstica; violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género o ser declarado como deudor alimentario moroso.

También por ser prófugo de la justicia, desde la liberación de la orden de aprehensión hasta la prescripción de la acción penal.

El otro supuesto es que incumplan con el artículo 442 bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que señala como requisito para candidatos “no estar condenada o condenado por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género”.

La consejera presidenta Guadalupe Taddei votó en contra del acuerdo, porque si bien dijo que todas las candidaturas deben cumplir con lo establecido en la ley, no le corresponde al INE hacer un dictamen.

“No comparto la propuesta, pues atenta contra la presunción de validez con la que el Senado de la República remitió los listados. Además de que infringe el principio de mínima intervención del Estado en los actos de molestia a particulares, al vulnerar el principio de presunción de inocencia”, explicó.

“No comparto que, en un proceso electivo inédito, donde se ha pretendido restringir la promoción de la elección, los gastos personales de las candidaturas, entre otros, se arroje una nueva carga a las candidaturas durante el desarrollo ya de las campañas”, enfatizó.

La consejera Dania Ravel señaló que los comités de evaluación no establecieron un mecanismo de verificación respecto a estos supuestos de inelegibilidad, sino que se limitaron a pedir declaraciones bajo protesta de decir verdad.

“En el contexto de la elección del Poder Judicial, cuya legitimidad se sostiene en la imparcialidad, la ética, el cumplimiento irrestricto a la ley y el respeto a los derechos humanos, esta verificación cobra aún mucho más sentido”, sostuvo.

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