Luego que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conoció de un caso de 2003, en el que un bebé fue diagnosticado y tratado inadecuadamente en un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), revocó una sentencia impugnada.
También concedió el amparo para que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), en un plazo de 20 días hábiles, realice dictámenes para evaluar y reparar el proyecto de vida de la familia del menor.
De acuerdo con lo documentado, el tratamiento que recibió el pequeño de un mes provocó daños a su salud, desarrolló insuficiencia renal y requirió un trasplante con un riñón donado por su padre.
El bebé rechazó el riñón y su salud empeoró. En 2012, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en contra del IMSS por violación al derecho humano a la salud y le impuso medidas de reparación.
En 2014, la familia acudió a un hospital en San Diego, California, Estados Unidos, y en 2019 recibió un riñón que lo mantiene estable.
La familia solicitó a la CEAV la reparación integral del daño y después de un juicio de amparo, emitió en 2023, la resolución en la que determinó como hecho victimizante lo que ocurrió a partir de 2003.