La Corte Interamericana de Derechos Humanos () admitió la acción promovida por el diputado panista Germán Martínez Cázares en contra de las reformas al Poder Judicial, la Ley de Amparo, la Guardia Nacional y la denominada “supremacía constitucional”.

La CIDH admitió el escrito presentado el 2 de diciembre de 2025, y ordenó dar vista al Estado mexicano para que responda a los planteamientos formulados.

La denuncia fue presentada mediante el mecanismo de supervisión de cumplimiento de sentencias, al considerar que las reformas constitucionales y legales aprobadas en 2024 y 2025, podrían contradecir obligaciones previamente establecidas por la Corte Interamericana en resoluciones emitidas contra el Estado mexicano.

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En su acuerdo notificado el 2 de febrero de 2026, la Secretaría General de la Corte IDH determinó tener por recibido el escrito presentado por los promoventes; admitirlo en calidad de amicus curiae, es decir, como la intervención formal de un tercero con interés legítimo que aporta argumentos jurídicos para que la Corte analice si las reformas impugnadas cumplen con las obligaciones internacionales del Estado mexicano.

Además de incorporarlo a la fase de supervisión de cumplimiento; y dar traslado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de las víctimas en los casos vinculados y al Estado mexicano, para que formulen las observaciones correspondientes.

“El procedimiento abierto no constituye una resolución de fondo; sin embargo, confirma que la Corte Interamericana examinará si las reformas impulsadas por la mayoría legislativa son compatibles con las obligaciones internacionales vigentes para el Estado mexicano. Una vez que las partes desahoguen la vista otorgada, el tribunal podrá determinar las diligencias adicionales que estime necesarias conforme a su reglamento”, explicó la bancada del PAN en la Cámara de Diputados.

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La señaló que la admisión del escrito “confirma que el debate trasciende el ámbito parlamentario interno y debe analizarse bajo parámetros jurídicos objetivos”.

“Las reformas constitucionales pueden ser aprobadas por mayorías legislativas, pero no pueden desconocer los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano ni debilitar los mecanismos de control constitucional que protegen a los ciudadanos”, refirió.

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